ABORTO NO PUNIBLE: Debate por la niña-madre de 11 años

De los más de 117 mil nacimientos por día en el país. 321 nacimientos por día son con madres que no llegan a los 20 años. En total, 3261 bebés nacidos vivos de vientres de entre 10 y 14 años. 9 nenas por día se convierten en madres. El 80% de los embarazos son producto de abusos intrafamiliares. “De esta manera estamos frente a casos de abortos no punibles. Porque hay que preservar la salud de una niña menor de 14 años”.

En nuestro país, la legislación reconoce causales para la interrupción legal del embarazo, este derecho incluye a todas las personas con capacidad para llevar adelante una gestación que se encuentren en alguna de esas situaciones. El ejercicio de este derecho se encuentra enmarcado en los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos, e implica el acceso a una atención integral de calidad que asegure el respeto por la intimidad y la autonomía, el flujo de información clara y veraz y el acceso a los adelantos tecnológicos e información científica actualizada. Según el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal de embarazo: “Toda persona con capacidad de gestar, tiene derecho a solicitar una interrupción legal del embarazo que cursa según los mismos estándares de calidad que el resto de los servicios de salud, cuando: el embarazo representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no pueda ser evitado por otros medios; el embarazo proviene de una violación; el embarazo proviene de una violación sobre una mujer con discapacidad intelectual o mental”.

Los factores relacionados a la salud, tiene que ver con la posible afectación de lo físico, mental, emocional y social según la OMS. Asimismo exige que todos los profesionales estén obligados a dar información sobre la práctica, aunque no están obligados a realizarlas. Los principios surgen de la normativa Internacional de Derechos Humanos con rango Constitucional para nuestro país. (Art. 75, Inc 22) de la propia Constitución y la legislación argentina. Entre las más importantes se encuentran la ley de derechos del paciente (Ley 25.629), el Régimen Legal del Ejercicio de la Medicina (Ley 17.132) y la ley de Protección Integral a las Mujeres (ley 26485).

CASO: NIÑA DE 11 AÑOS EMBARAZADA
Una nena de 11 años fue madre el domingo y sospechan que el padre es un medio hermano que tiene 13 años. Se supo que el bebé nació sin problemas y pesó más de 3 kilos. Autoridades de la provincia de Entre Ríos tomaron conocimiento de este caso cuando la niña transitaba su cuarto mes de embarazo. La nena fue sometida a Cámara Gesell, según fuentes judiciales y allí habría reconocido que el papá de su hijo era su hermano, y que también había habido algunos "tocamientos" de parte de un mayor, su tío. La justicia entrerriana ya tiene conocimiento del hecho y el fiscal José Arias quedó a cargo tomó el caso.

La mamá de la nena se presentó en el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) para contar que su hija de 11 años estaba embarazada, y contó algo más también: que el papá de ese niño en gestación era su otro hijo, hermano de la menor. Los dos chicos son hijos de distintos padres. La primera medida fue separar a los chicos. El supuesto padre fue enviado al cuidado de su abuela paterna; la nena quedó a cargo de su madre. Mientras, el Estado dio contención a los tres ante la certeza de que tanto la mamá, de 11 años, como la abuela del niño en gestación habían resuelto seguir adelante con el embarazo. Rougier había contado días atrás que el médico de guardia no quería entregar el bebé a la madre. Le pareció que no correspondía entregárselo, porque le parecía una aberración que una nena de 11 años haya dado a luz. Frente a esa situación nos llamaron, y acudimos de urgencia al hospital. Le explicamos al médico que tanto la chica como su mamá habían resuelto seguir adelante con su embarazo, y que al bebé debía entregárselo, salvo que hubiera una resolución en contrario de la Justicia, que no la hay”. Según es fiscal Costa no es abuso, porque ambos niños tendrían que ser mayores de 13 años, y al momento que ocurrieron los hechos, la nena tenía 11 y el nene 13. Pero además se trata de un menor no punible. Se lo puede juzgar pero no se le puede aplicar ninguna pena, aunque eso lo determinará un juez”. 

CUESTIONES RELIGIOSAS SOBRE LA TEMÁTICA

DIARIOJUNIO consultó a la comunidad judía de Concordia, cuyos representantes explicaron: “La ley judía solo en una caso exige abortar: cuando la vida del concepto amenace la de su madre debiendo elegir entre una u otra, resolviendo que mientras no haya nacido se prioriza la vida de la madre, por ser primera. Dicho caso se tipifica bajo la denominada en hebreo Ley de Rodef “Persecusor”, posibilitando matar a quien persiga la vida de otro, aun sin que persecutor sea conciente de ello. En casos de anencefalia, irreversibles patologías degenerativas o terminales y otras donde el concepto morirá indefectiblemente, tipificadas en hebreo como tzorej gadol “Gran necesidad”, la mayoría de las autoridades jurídicas judías permiten abortar con severas restricciones en tiempo y forma, similarmente a los casos de violaciones donde la madre se encuentre en serio riesgo psicofísico y se efectúe inmediatamente al hecho. No obstante en casos son cuantitativamente insignificantes respecto de los más de 46 millones de abortos anuales en el mundo, cuya mayoría son simplemente embarazos no deseados por ser conflictivos respecto a interesas personales, familiares o sociales y hasta por control de natalidad,, real motivo de la actual petición por la despenalización del aborto a demanda. Por ello, el aborto no es un problema médico, sanitario, social, juridico o económico sino humano, es síntoma del más crudo del actual de la problemática de la ética misma”.

En tanto que la postura de la Iglesia Católica está clara en sus sectores más conservadores. Meses atrás cuando se aprobó la actualización de este protocolo, la posición de la Iglesia fue expresada a través de un comunicado de la Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal. “Con sorpresa constatamos que, en lugar de procurar caminos de encuentro para salvar la vida de la madre y su hijo, y de buscar opciones verdaderamente terapéuticas y alternativas, las autoridades obligan a impulsar el aborto”. 

EN LA CALLE
DIARIOJUNIO, salió a la calle para consultar sobre el tema. Se entrevistaron a ocho personas. Marcelo, un abogado con formación católica, expresó: “Mirá, en mi opinión estoy de acuerdo en el mejoramiento de la calidad de la mujer enferma, y de proteger los derechos del menor. Pero hay algo cierto, que las leyes argentinas lo están expresando, y si lo expresan es porque la necesidad existe”. Por el contrario una de las mujeres con la misma profesión, Florencia dice: “Las menores o mujeres que no tienen la capacidad de discernimiento deberían ser protegidas. Obviamente que desde antes para que el abuso no exista, pero obviamente que ya ante el embarazo, las secuelas sociales, psíquicas, y físicas que puede dejar en esos casos son irreversibles. Además lo no punible que marca el protocolo indica que es un derecho, por más debatido que sea. Tenemos que actuar con celeridad”.

Un empleado bancario, Miguel, expresó: “Soy padre, pero entiendo que ante estas situaciones hay que velar  por los derechos de una menor. No es aborto por aborto, es aborto porque la situación es insostenible”. Verónica, es la más joven con 18 años, opinió: “No estoy de acuerdo con la despenalización, porque si no te cuidaste tenés que hacerte cargo de la responsabilidad. No hay accidentes, un bebé es un ser humano indefenso pero con derechos. Pero en un caso de abuso, sería marcar al niño para toda la vida, por qué tenemos que obligar a una mamá a cuidar, o amar a un bebé producto de una violanción? O a una familia con una chica discapacitada a lidiar con un bebé, que incluso podría tener complicaciones de salud como su mamá”.

Por otro lado, dos comerciantes coincidieron que si hubo legisladores que lo plantearon era porque la necesidad estaba. Alicia, jubilada en la docencia dijo: “¿Por qué vamos a matar a una persona que no tiene nada que ver? No es culpable de la violación, ni que sus papás no hayan recibido la educación suficiente para no tener relaciones a los 11 años. Hay que asegurar el bienestar de esa mamá y proteger al niño no nato, y quizás luego darlo en adopción”. La última opinión, fue de un médico: “Todos tenemos derechos. No te puedo decir que debe hacer la gente. Yo juré para proteger la vida, si se pueden salvar a ambas es mejor, pero ante una situación de una menor está comprobado que no es sano; salud entendida desde el conjunto como, psicológica, física, fisiológica, social. Una persona es desde la concepción, pero es entre las dos personas, la más débil y que no sabemos si llegará a término es el no nato. Yo opto por la mamá”.  

UNA SANCIÓN POR INCUMPLIR CON LA LEY
El Comité de Derechos Humanos de la ONU condenó a la Argentina por el caso de L.M.R., una chica de Guernica con discapacidad y violada, a quien el sistema sanitario negó un aborto autorizado por el Código Penal. Ordenó que se tomen medidas para evitar casos similares. El organismo consideró que la obstrucción del aborto permitido por el Código Penal constituyó una violación de los derechos humanos de la joven y ordenó al país a proporcionarle “medidas de reparación que incluyan una indemnización adecuada” y a “tomar medidas para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”. El CDH le dio al país 180 días para cumplir con el dictamen.

ENTRE RIOS EN 2007
En 2007, en la provincia de Entre Ríos, se dio un caso similar. El ministro de Salud durante esa gestión, Gustavo Bordet el 18 de septiembre de 2007, declaraba en Pagina 12, sobre el caso:

“Vamos a respetar el derecho de pedir la interrupción del embarazo”
El ministro de Salud de Entre Ríos dijo que garantizará la realización del aborto no punible a la joven discapacitada que quedó embarazada tras una violación. “Estamos para cumplir con el Código Penal”, afirmó. Pedirá previamente un dictamen médico.

[Por Mariana Carvajal]
El ministro de Salud de Entre Ríos, Gustavo Bordet, aseguró ayer que garantizará la realización del aborto no punible a MFC, “previo dictamen médico sobre la factibilidad de la intervención sin poner en riesgo la vida de la adolescente”. “Estamos para cumplir con el Código Penal. Está muy claro: es un típico caso de aborto no punible. Vamos a respetar el derecho de la madre a pedir la interrupción del embarazo”, aseveró el ministro, en diálogo con Página/12, a horas de que el Superior Tribunal de Justicia de la provincia empezara a estudiar el expediente sobre el drama de MFC, la joven de 19 años que sufre una severa discapacidad mental y quedó embarazada por una violación. Bordet aclaró que si en el Hospital Materno Infantil de Paraná, donde originalmente se iba a practicar la operación, el cuerpo médico dictamina que no es conveniente ahora por lo avanzado de la gestación –es de casi 18 semanas–, garantizará que otro hospital se expida sobre el caso. “Y si es necesario, se irá a otra provincia o se recurrirá a la Nación”, afirmó el funcionario”.

Entradas relacionadas

مقاطع فيديو سكس indaporn.net سكس بنات محجبه
ntr game drhentai.net mother it has to be you
girls breastfeeding analotube.info tube8 teens
حيوانات مع بنات سكس rjvend.com سكس مراهقات مصر
حفلة نيك جماعي arab4porn.com منتديات جنسية
おっぱい図鑑 javstreams.mobi mmr-al018
free mobile sex video mehrporn.com skymovieshd
xvides indian orgypornvids.net xnxx telugu actress
الكس السعودي pornoarabi.com نيك المعلمة
kolkata ka randi indianfuckingclips.com yo movies online
latest mms scandal video indianpornsluts.com actress oviya
bf chahie ganstavideos.info bangla bf sexy
xxx six video hindi soloporntrends.com m3movs
سكس نيك ام yatarab.com سكس ايطاليا
sex hungry moms indianpussyporn.com xxx south movies