“Se va a inaugurar”, dijo el intendente, respecto del hotel que hace dos años que se encuentra en construcción dentro del predio termal. De esta forma, descartó que la medida de no innovar que sancionó el Concejo tuviese algún efecto retroactivo sobre las obras que se iniciaron con anterioridad. “El hotel no se hace de un día para otro, hace dos años que está en ejecución”, señaló Cresto. En cambio, dijo que el loteo de los 300 bungalows está frenado.
El Concejo Deliberante, en la sesión de la semana pasada, sancionó una resolución que establece que el concesionario de las termas, Verter S.A, no puede edificar nada en el predio hasta que no construya una planta de tratamiento de líquidos cloacales. La medida restrictiva impide que Verter pueda lotear diferentes partes del predio para construir más de 300 bungalows.
Consultado sobre el tema de fondo, Cresto señaló que no es exclusiva culpa de Verter el que no se haya concretado la planta de tratamiento. Según explicó, hay varios inmuebles cercanos al predio que necesitan un lugar donde desaguar sus emisiones cloacales. Señaló que se trata de los hoteles y dos estaciones de servicio. Incluso, los líquidos que afloran de los bungalows frente al autódromo bajan por avenida Monseñor Rösch hasta la zona de las termas por efecto de la suave pendiente existente entre ambos lugares.
La duda surgió a partir del momento en que se debió dilucidar si se construía una planta para tratar los efluentes de toda la zona, o dos plantas, una para Verter y otra para los restantes inmuebles. Finalmente primó esta última opción.
Definida la cuestión, sólo quedaba pendiente la adopción de un lugar donde establecer ambas plantas. Cresto señaló que el concesionario tenía pensado edificarla lo más cerca posible del arroyo Ayuí, a la altura de la cota 14. En cambio, el intendente sostiene que se puede ocupar la cabecera de la pista de aterrizaje del aeródromo, lugar que no tiene ningún uso. La comunicación de este último punto se atrasó aunque Cresto dijo que se le debería estar notificando de la cuestión al concesionario en estos días. Y luego señaló que la otra planta de tratamiento de efluentes debería construirse al lado de la de Verter.
La cláusula 17º del convenio de concesión estipula que: “Verter se obliga a preservar el medio ambiente de manera sostenida para lo cual construirá y mantendrá en funcionamiento una planta de tratamiento de efluentes conforme al derecho aprobado, otorgándole ‘la municipalidad’ el derecho de uso por servidumbre de cauce natural existente que se conforma con el desagüe natural de las aguas de lluvia de la cuenca”.
En otra de las cláusulas se señala que: “el incumplimiento de las obligaciones asumida por Verter significará la caducidad automática de la concesión y la pérdida de los derechos de uso y goce respecto al predio y dará derecho a ‘la Municipalidad’ a resolver el presente contrato debiendo cesar en la explotación del recurso termal y restituir el predio con las mejoras pactadas a ese momento sin cargo alguno para ‘La Concedente’, dentro de los treinta días”. A no ser que no se entienda por obligación contractual la planta de tratamiento, la concesión debió haber caído hace varios años.