Según lo que se detalla en el decreto del Ejecutivo, esta empresa – sociedad del Estado – tomaría como propias, atribuciones correspondientes al Ministerio de Salud de la Provincia. Consultada al respecto, Bargagna expresó que “no existen antecedentes en los libros de Derecho Administrativo que den cuenta de la existencia en el país, de alguna Sociedad del Estado que reemplace al Estado”, y agregó, “menos aún en la capacidad y atribución de decidir sobre la compra y distribución de medicamentos, mobiliario y aparatología médica para sus efectores de salud”.
Tomando en cuenta la situación descripta y mediante un Proyecto de Resolución, la legisladora socialista reclamó al Gobierno Provincial que “ante la eventualidad de que se pretenda subsanar la ineficacia del acto señalado (la falta de publicidad del Decreto), disponga con urgencia, la disolución de Salud Entre Ríos Sociedad del Estado”.
Según describe el Decreto de creación, la sociedad contaría con un capital inicial de .000.000, provenientes de fondos públicos. Su plazo de duración se prevé de 50 años y su administración y fiscalización estaría comprendida por: el actual ministro de Desarrollo Social y de Salud Pública de la Provincia, Carlos Ramos, Alicia María Benítez de Feltes, subsecretaria de Arquitectura y Construcciones de la Provincia, quien fue designada por el ministro de Planeamiento e Infraestructura Juan Javier García, y el contador Mariano Adolfo Camoirano, Secretario de Salud, designado por el ministro Ramos.
Las cláusulas del estatuto otorgan a la empresa la tarea de administrarel nuevo Hospital del Bicentenario, siendo el primer efector de salud de la provincia que quedaría sustraído de las responsabilidades del Ministerio de Salud y de la Secretaría de Salud Pública de la Provincia.
Como expresa la diputada Bargagna en los fundamentos de su proyecto, “por aplicación de las reglas que rigen las Sociedades del Estado, en ese Hospital, médicos, enfermeras y demás personal estarían trabajando por fuera del régimen de empleo público y de la Carrera Médico-Asistencial, ya que les caben las normas laborales de las empresas privadas”. De igual modo, las compras que realice esta sociedad quedarían fuera del sistema de contabilidad y contrataciones del Estado. Así, los precios y la calidad de los productos adquiridos serían determinados a criterio del directorio de esta sociedad.
De acuerdo al Decreto de creación de la empresa, el Hospital del Bicentenario sería el primero en integrarse a la Sociedad. Sin embargo, el Acta Constitutiva le otorga facultades para: “Dictar sus propios reglamentos internos, de administración, control y auditoría interna, pagos, adquisiciones, contrataciones y erogaciones en general; realizar todo tipo de operaciones y contratos; realizar todo tipo de operaciones bancarias; comprar, vender, transferir y/o administrar toda clase de bienes; etc.”.
Al respecto, la diputada advierte que “resulta particularmente peligrosa esta enunciación debido al gran poder que se le otorga a esta Sociedad para acaparar hasta donde le permitan sus ganas y discrecionalidad, recortando deberes, funciones y atribuciones del Estado en materia de salud pública”, y aseguró: “Lamentamos que Urribarri mencione entre sus inspiradores al Dr. Ramón Carrillo. Si éste viviera lo denunciaría por traicionar su legado y violentar los deberes más sagrados del Estado, entregando cuotas de poder -y de funciones sustanciales como son las que debe prestar a través de la Salud Pública”.
Finalmente, la legisladora socialista subrayó que “se infiere que el gobierno que hoy conduce los destinos de la provincia se ha desprendido de una parte sustancial y quizá la más trascendente de sus obligaciones, atribuciones y deberes para delegarlas -sin una ley de autorización mediante-, a una Sociedad de corte cuasi privado, regida por una Ley sancionada en el año 1974, cuya razón de ser fue avanzar en la privatización de Empresas del Estado que aportaban gran rentabilidad e independencia a la Nación Argentina”.