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A diferencia de Concordia, en Paraná se venden frutas y verduras en la calle

Argüello dijo que desconocía las ordenanzas en Paraná. “Ellos tendrán su reglamentación”, señaló. Y remarcó que en Concordia está prohibido vender fruta y verdura en la calle porque el Código Alimentario Argentino, en su artículo 15º dice textualmente: “queda prohibido elaborar, fraccionar, manipular, tener en depósito o expender productos alimenticios fuera de los establecimientos habilitados a tales fines por las autoridades sanitarias correspondientes”.

En Concordia, la autoridad sanitaria es Bromatología justamente. Y en la provincia el ICAB (Instituto de Control, Alimentación y Bromatología).

“Nosotros estamos adheridos al Código Alimentario y hacemos cumplir las normas que establecen esto”, señaló Arguello.

Para cumplir con los requisitos que se exigen para abrir un comercio de frutas y verduras, se necesita abrir un expediente en Inspección General y luego esa carpeta es derivada a los entes de contralor municipal como Bromatología, Saneamiento Ambiental y Obras Particulares. “Cada uno hace su dictamen de acuerdo a la función que tiene cada uno”, dijo.

Bromatología exige un local de mampostería con piso, cielorraso y aberturas con protección para la entrada de insectos además de una pileta de lavar con agua corriente y desagüe. Ni siquiera se permite exhibir mercadería en cajones fuera del comercio. “Tiene que estar dentro del negocio”, dijo. No obstante, se observan productos que se exponen fuera de los comercios. “Por ahí se ve que se exhibe en la calle y los comerciantes dicen que un llamador. ‘Sino ponemos en la vereda no viene nadie’”, argumentan los comerciantes. Argüello señaló que, fuera de los locales, los alimentos reciben los gases contaminantes de los automóviles o heces u orina de animales sueltos.

A pesar de la prohibición, en verano se venden sandías, zapallos y melones en plena vía pública. “Vemos en la zona de Eva Perón, en el club Hípico, en la Facultad de Alimentos”, indicó. Argüello señaló que lo que suelen realizar son las actuaciones por infracción al Código Alimentario que luego son derivadas al Juzgado de Faltas. 

El otro argumento que avalan las multas es la deslealtad comercial. “Al verdulero se le exige las condiciones y a veces con mucho sacrificio los hacen y, a muy pocos metros, una persona que vende no paga ningún tributo”, señaló.

 

 

 

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