El abogado ambientalista Ricardo Luciano, que impulsó las causas contra las areneras por la extracción y uso del agua del Delta Aluvial Formación Isla Talavera para la separación de la arena sílice que se usa para el fracking en Vaca Muerta, habló con este medio y brindó un dato que revela el poco apego de los funcionarios para cuidar un recurso natural esencial como es el agua, en particular la de los acuíferos provinciales, en detrimento de la salud de la población y a favor de los grandes negocios de algunos pocos. No solo se produce un daño ambiental que puede resultar irreparable sino que además quedan migajas por la extracción de un recurso que es de toda la entrerrianía y las generaciones futuras.
“La cifra, que fue actualizada por el CORUFA en septiembre de este año, tiene un valor absurdamente insignificante, es tan pequeña que no existen palabras en el lenguaje coloquial para calificarla, y confirma el desapego de los funcionarios públicos de la provincia para impedir el saqueo y la contaminación de nuestros recursos naturales”, señaló el abogado a este medio y aseguró que el precio actualizado del litro de agua a las lavadoras de sílice es de $ 0,0000059.
“Cristamine SA pidió al CORUFA Reunión Plenaria Nº150 de Septiembre del corriente, permiso de uso de agua superficial del río Ibicuy, 537.000 m3, igual 44.750.00 litros mensuales, el equivalente a una ciudad de 15.000 habitantes, para abastecer su planta de lavado de arena silícea ubicada camino Mazaruca, en el distrito Ibicuy del departamento Islas. Se trata del segundo establecimiento que posee en la zona”, detalló Luciano.
De la reunión plenaria Nº 150 del CORUFA, celebrada el pasado 6 de septiembre en Paraná se compartió una tabla con las alícuotas actualizadas del año 2017 al año 2022 según avalúo del m2 registrado por ATER, con la conformación de las cuatro categorías de acuerdo al rango en metros cúbicos. A saber:
- Categoría 1 (de 500.000 a 1.000.000 metros cúbicos); el monto en pesos de la alícuota actualizada al 2022 es de $23.812,02 -contra el monto de 4.000 pesos del año 2.017-
- Categoría 2 (de 1.000.000 a 5.000.000 metros cúbicos); el monto en pesos de la alícuota actualizada al 2022 es de $35.718,03 -contra el monto de 6.000 pesos del año 2.017-
- Categoría 3 (de 5.000.000 a 10.000.000 metros cúbicos); el monto en pesos de la alícuota actualizada al 2022 es de $47.624,04 -contra el monto de 8.000 pesos del año 2.017-
- Categoría 4 (superior a 10.000.000 metros cúbicos); el monto en pesos de la alícuota actualizada al 2022 es de $59.530,04 -contra el monto de 10.000 pesos del año 2.017-.
De dicha reunión plenaria participaron: el Secretario de Agricultura y Ganadería de la provincia, Lucio Amavet; el director de Recursos Naturales, Mariano Farall; la Coordinadora de Corufa, María Alejandra Méndez; el representante de la Dirección de Recursos Naturales, Florencio Nicolau; el representante de la Federación Entrerriana de Cooperativas (Fedeco), Edgardo Schneider; el representante de la Dirección de Hidráulica de Entre Ríos, Jorge Di Persia;el representante de Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos(Farer), Carlos Maso;el representante de la Dirección Provincial de Vialidad, Mario Sonzogni y el representante del C.P.I.C.E.R., Diego Carletti.
La otra planta de la empresa Cristamine S.A, “La República”, fue clausurada el 14 de octubre pasado al descubrirse un pozo no autorizado para la toma de agua subterránea.
En dicha planta, que continúa cerrada por orden del juez Federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, también se encontraron restos de hierro – residuo / sedimentación del agua subterránea –altamente contaminante-, y demás posibles residuos tóxicos que se llevaron muestras del agua estancada en lo piletones para analizar, inspección ocular que deriva del expediente NN. 5071/2022 del juzgado federal de Gualeguaychú.
La denuncia fue realizada por Ricardo José Luciano contra el intendente de Ibicuy Gustavo Roldán por posible mal otorgamiento de Certificado de aptitud Ambiental, dado el día 10 de mayo 2022 cuando estaban vigentes dos sentencias que lo impedían: «RICARDO JOSE LUCIANO C/ SR.GOBERNADOR GUSTAVO EDUARDO BORDET -en su carácter de titular del poder ejecutivo de la provincia de Entre Ríos-S/ ACCIÓN DE AMPARO (ACCIÓN DE EJECUCIÓN DE INCIDENCIA COLECTIVA)» Expte. N° 1598/SL, //// FPA 003721/2022 – CADOPPI, CARLOS HUMBERTO C/ PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/AMPARO AMBIENTAL.