Conciencia Animal presentó un pedido de informes por una jineteada en Estancia Grande

El evento promocionado tanto en redes como en distintos medios de comunicación abierta e indiscriminadamente, compromete numerosos aspectos protegidos por Ordenanzas Municipales, normas provinciales y nacionales en materia de Salud Pública, Medio Ambiente, Protección de la Niñez, Bienestar Animal y prevención de delitos tanto de crueldad y maltrato animal como el de apuestas clandestinas, según tipifica ley Penal No 14.346 y Código Penal Argentino.

El pedido de informes indaga si el predio promocionado “Plaza Juan de San Martín” sito en radio jurisdicción municipal, posee habilitación comercial municipal para funcionar como lugar de reunión y espacio físico de realización de espectáculos públicos con actividad de baile, y expendio de comidas y bebidas alcohólicas con fines de lucro.

Tales recaudos deberán observarse en el acatamiento de las normas de seguridad pública (requisitos de factor ocupacional del lugar, cupo de asistencia, cumplimiento de las medidas de seguridad de salidas de emergencias, matafuegos y demás requisitos exigidos) y de salud pública atento a la situación sanitaria en la cual aún se encuentra la población (si los expendedores de bebidas y comidas poseen los debidos carnets sanitarios para tal expendio y manipulación de alimentos y bebidas a servirse al publico)

Asimismo, se deberá informar sobre si el lugar referido “cuenta con instalaciones médicas adecuadas para la atención de los animales equinos a usarse y ante cualquier infortunio/siniestro/evento imprevisto que ponga en juego su salud y que propicie el marco protectorio de la salud pública de asistentes y público en general ante eventuales accidentes”.

Deberá verificarse así también si el personal de tal espacio físico promocionado como centro de reunión pública y con fines de lucro, cuenta con personal especialmente habilitado y capacitado para el cumplimiento de las normas de seguridad de todo espectáculo de concurrencia masiva, con expendio de bebidas alcohólicas, entrega de premios y utilización de animales.

También pidieron verificar los aspectos sanitarios referidos a los equinos y tropillas a emplearse en tal evento: si las tropillas de caballos convocadas y publicitadas, remitiéndose a las mencionadas en panfleto publicitario, cuentan con la habilitación/ autorización de la Secretaria de Sanidad Animal (SENASA), si los organizadores del evento cuentan con la habilitación provincial y municipal obligatoria para la realización de espectáculos/eventos de asistencia pública en donde se emplean animales para uso violento y/o de destreza física con expendio de comidas y bebidas, si se cuenta con médicos veterinarios designados cuya matrícula y regulación sea previamente verificada por la autoridad municipal de control, para la atención ante cualquier siniestro ocurrido y que afecte tanto la saludo de animales como humanos y si los equinos cuentan con los respectivos certificados sanitarios y de aptitud física y libre de enfermedades, atento al espacio de concurrencia abierta donde serán usados y expuestos.

La Ley de Organización de Municipios de la provincia de Entre Ríos, N° 10.027, encomienda a todas las autoridades municipales y, ubica en especial deber al Poder Ejecutivo en la promoción y tutela de los intereses de sus vecinos y ciudadanos, estando entonces esta denuncia en total concomitancia con los intereses tutelados por dicha norma de orden público.

Ante este tipo de reuniones, “las cuales deben contar con una habilitación estricta y exclusivamente limitada a ámbitos que no impliquen un riesgo inminente para la población, salud pública e integridad psico-física tanto de animales, las niñas, niños y adolescentes que concurran al mismo, como así también el público en general asistente, se deben extremar los requisitos a exigir por la autoridad administrativa pertinente, orientados siempre a la prevención”.

Teniendo en cuenta las medidas dispuesta a nivel provincial por la pandemia Covid 19 “las cuales claramente implica que la realización de este tipo de eventos en el que concurrirá una multitud de personas pone en gran riego la salud pública atento a la situación sanitaria en la cual aún nos encontramos”.

De acuerdo a la información recabada por esta parte, en el hecho a celebrarse y aquí expuesto se estarían comprometiendo numerosos bienes jurídicos tutelados por la norma: salud pública (asistencia a espectáculos violentos y mal llamados de destrezas, utilización de animales potenciales transmisores de enfermedades, expendio y publicación de comidas y bebidas) seguridad pública y posible apologia de delitos de apuesta y actividades clandestinas.

Atento a las pruebas arrimadas (escrito y flyer promocional) en donde abiertamente y claramente se expenderán bebidas y comidas con fines lucrativos, solicitaron, en su calidad de máxima autoridad municipal, se corra vista a los órganos de recaudación y control impositivo (AFIP-DGI y DGR) a los fines pertinentes y en consonancia con el cumplimiento de los deberes de funcionario público.

Entradas relacionadas