Ante la suba de contagios, se intensifican los controles en los ‘corredores seguros’

A través de la Decisión Administrativa 1316/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, se le otorgó más herramientas al personal de las empresas de transporte, tanto aéreo como marítimo y terrestre, para hacer cumplir con los protocolos sanitarios vigentes.

De esta manera, los operadores deberán exhibir la siguiente documentación y datos:

– Declaración jurada: Exigida por la Dirección Nacional de Migraciones, completada al menos 48 horas antes del inicio del viaje sin observaciones del control sanitario.

– Prueba PCR: debe dar negativa y haber sido realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al viaje, y PCR positivo que acredite que sufrió la enfermedad en ese lapso, correspondiéndole dicha alta médica.

– Certificado que acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país o de su exención.

– Seguro de salud Covid-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

– Los pasajeros deberán portar durante los 14 días posteriores a su llegada la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos.

Paralelamente, todos los mayores de 6 años de edad que hayan acreditado estar vacunados con una parte o todo el esquema deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada al país. Durante ese período, deberán abstenerse de concurrir a eventos masivos o reuniones sociales en espacios cerrados.

La resolución firmada por el jefe de Gabinete Juan Manzur y de los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y del Interior, Eduardo «Wado» de Pedro, modifica la normativa que regía desde octubre, en el marco de la creación de los denominados «corredores seguros».

Aclara que toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada. Por lo tanto, su falseamiento u omisión podrá ser castigada bajo la normativa penal.

Tripulación de buques

En tanto, sigue permitido el relevo de tripulaciones de buques internacionales, siempre que las personas que ingresen al país a tal efecto en un medio de transporte distinto al del relevo.

Deberán cumplimentar los requisitos migratorios y sanitarios vigentes para los extranjeros no residentes mayores de 18 años:

– Esquema de vacunación completo por lo menos 14 días antes de la llegada al país.

– Declaración jurada.

– Prueba PCR negativa a bordo y previa al desembarco o al embarque.

– Aislamiento por 5 días en tierra, debiendo realizar un test de PCR antes de poder circular libremente.

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