Núñez indicó que comenzó a trabajar desde primera hora en la causa, preparando todo para la audiencia cuando se enteró, una hora antes del inicio de la misma, prevista para las 9, que se suspendía. Los abogados defensores de Ojeda, Oscar Bacigalupppe y Rafael Briceño, pidieron que se suspendiese la realización de la misma por el sistema de videoconferencia. “El único que iba a estar en la sala es el juez”, explicó.
No obstante, el problema de realizar una audiencia presencial, en épocas de pandemia, genera varios inconvenientes. “Puede demandar mucho tiempo”, dijo. En ese sentido, Núñez reclamó que se agoten todas las instancias para que se realice en la Sala Penal -el recinto más amplio del edificio de Tribunales- para no perder más tiempo. “Tiene mucha demora la causa”, admitió.
“Hoy el STJ va a dictar nuevas normas prácticas de realización de audiencias y si, en ese caso permite una audiencia de hasta 10 personas como era antes, se podría hacer presencial y se destrabaría la cuestión”, remarcó Núñez.
Ojeda está acusado por homicidio con dolo eventual y varias causas de lesiones graves por mala praxis. El 28 de enero de 2019 se produjo el fallecimiento de Iris Amaro, una mujer de 45 años -de nacionalidad uruguaya- que se había sometido a una cirugía estética en la clínica no habilitada del médico. Después de haber estado detenido al principio de la causa, el médico espera el juicio oral en libertad condicional. No obstante, no puede ejercer como cirujano y tampoco puede acercarse a las víctimas.
Núñez dijo que un homicidio con dolo eventual remite al homicidio simple que es condenado por una pena de entre 8 y 25 años de prisión efectiva según el Código Penal. Pero además están las otras causas por lesiones graves que se podrían sumar, en caso de ser hallado culpable, a una eventual condena por la muerte de la paciente uruguaya.
Por último, el fiscal remarcó que no está de acuerdo con el argumento de los abogados que representan a Ojeda que sostienen que en una audiencia de remisión a juicio por videoconferencia se vulnera el derecho de defensa. Núñez explicó que se trata de una audiencia técnica que se puede realizar de manera virtual. “No es una audiencia donde el imputado tenga participación, las victimas tengan participación. No hay que examinar testigos. Es una audiencia donde el Juez de Garantías tiene pruebas suficientes para ir a juicio y si la calificación legal del hecho es correcta”, indico. “Creo que ha sido una forma de eludir la remisión a juicio. No le genera indefensión”, dijo.