En la audiencia, de la que también participaron los abogados defensores Miguel Ángel Cullen y Guillermo Vartorelli, el Juez Virgala sostuvo que la Fiscalía no pudo comprobar el delito de Peculado y explicó que «la existencia de legajos desarmados fuera del ambito municipal, la orden de buscar todo aquello que pudiera comprometer a Robles e informes incompletos, son prueba de ello». Como así también, «la propia fiscalía ante el hecho de minimizar las pruebas presentadas por la defensa y el desistir de la declaración testimonial del contador municipal Zaragoza, cuya honesta y objetiva declaración pudo realizarse por la insistencia de la defensa».
Así mismo el Magistrado recordó que la Fiscalía tiene el llamado «deber de objetividad», es decir, » el de analizar los detalles e las pruebas aunque ellas no resulten de su propio interés, respecto a la teoría del caso. Deben ser objetivos. Son funcionarios estatales, no partidarios», subrayó.
Más adelante, Vírgala interpeló la afirmación de uno de los fiscales durante el juicio, quien afirmó que la gestión del ex intendente Robles “regalaba” materiales a la gente, y refutó al respecto: “No puedo dejar de señalar que el Estado no regala, como señaló uno de los fiscales en una desafortunada concepción. El Estado asiste a los más desposeídos”, corrigió, y citó luego el artículo 25 de la Constitución provincial: «Eel Estado promueve las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho de todos los habitantes a una vivienda digna, con sus servicios conexos y el espacio necesario para el desarrollo humano, en especial destinado a los sectores de menores recursos. Planifica y ejecuta una política concertada con los municipios, comunas e instituciones que lo requieran, con el aporte solidario de los interesados”.
Por último, y previo a la declaración de absolución, sostuvo que “los imputados se movieron siempre dentro de un sistema informático y administrativo transparente que permitió que el denunciante pudiera reconstruir todas las operaciones observadas. No se gastó por fuera de la partida presupuestaria asignada, no se compró sistemáticamente en forma directa por encima de los montos permitidos, los funcionarios tomaron intervención cuando les correspondía y el material se entregó a los solicitantes”.
Y concluyó con que lo realizado por Robles, Waigel y Winderholler “no constituyen el delito de peculado que se les endilgó a los imputados. Debe decirse que los imputados, en modo alguno, se apropiaron de dinero público”.