sábado 18 de octubre de 2025

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En este orden se vacunará a los docentes y al personal de las escuelas

El primer grupo estará integrado por el personal de dirección y gestión, el de supervisión e inspección, los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel Inicial (incluye ciclo maternal), los de primer ciclo del nivel primario, (1°, 2° y 3° grado) y los de educación especial.

En el segundo está el personal de apoyo a la enseñanza, todo otro personal sin designación docente pero que trabaja en establecimientos educativos de la educación obligatoria en distintas áreas y servicios (maestranza, administración, servicios técnicos, servicios generales, y equivalentes).

El tercer grupo lo integran los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel primario, del segundo ciclo de 4° a 6°/7° grados.

El cuarto grupo estará conformado por los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel secundario, de educación permanente para jóvenes y adultos en todos sus niveles e instructores de formación profesional.

Finalmente, en el último grupo estarán los docentes y no docentes de institutos de educación superior y universidades.

En otro orden, se aprobó la creación del Observatorio del Regreso Presencial a las Aulas que funcionará con la participación de representantes del Consejo y los sindicatos nacionales y el Ministerio de Salud de la Nación. También se crearon otros dos organismos: el Consejo Nacional de Calidad de la Educación y la Defensoría Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes.

Durante la asamblea, se establecieron además las pautas vinculadas a la asistencia alternada por turnos, días o semanas; la planificación de contenidos y reorganización de la currícula. También se habló de priorizar actividades presenciales de materias que no pueden desarrollarse plenamente sin presencialidad, la generación de espacios de socialización y el respeto de horarios para las y los docentes.

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