El decreto rige desde el 9 de enero y fue prorrogado el 31 de ese mes hasta el 8 de febrero. En tanto, exceptúa a las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme previsto en el DNU Nº 67/21.
También se faculta a los presidentes municipales y/o comunales, según corresponda, a ampliar la franja horaria determinada en el decreto en el caso de determinarse oportuno y conveniente, previo análisis de las variables sanitarias y epidemiológicas en las jurisdicciones de su competencia.