
En primer lugar, Benítez explicó que felicitaba a las autoridades municipales por realizar controles sobre la venta de alcohol dado que la intención aplicar lo que regulan las ordenanzas. Pero, a renglón seguido, dijo que, así como están planteadas las normas locales, no hay igualdad ante la ley debido a que no hay un trato equitativo.
El ex edil reclamó por la situación de innumerables kioscos y drugstores que venden bebidas alcohólicas. Pero solo pueden comerciar alcohol hasta las 22. No obstante, muchas veces los propietarios observan que comercios cercanos como almacenes o supermercados no tienen esa restricción y pueden vender libremente. Por ello, reclamó una corrección de las normas vigentes.
De la misma forma, manifestó que deben llevarse a cabo controles de alcoholemia en la calle en forma generalizada. «Si existe el Alcohol 0 en la conducción, tendría que haber un control a la salida de los boliches para que los conductores no vayan alcoholizados para que no haya accidentes”, indicó. De hecho, sostuvo que no se observan controles en cercanías de los boliches cuando en la ciudad vecina de Salto son permanentes en los accesos a los centros de recreación nocturna por lo que los conductores ya saben que no pueden consumir.
Respecto de la venta de alcohol en los comercios, dijo que se está generando una situación de trato inequitativo al permitir la venta en algunos rubros como supermercados, y a otros no, como los kioscos. Por ello, reclamó a los ediles actuales que intervengan en la modificación de la normativa.
En efecto, la ordenanza n° 32747, sancionada en 2004, establece en el artículo 3º que “queda expresamente prohibido en todo el ejido de la ciudad de Concordia, suministrar en forma gratuita u onerosa bebidas alcohólicas, cualquiera sea su graduación, presentación o preparación, a menores de 18 años, ya sea en forma directa o actuando como intermediarios en la compra o por cualquier otro carácter”.
Y el artículo 4° aclara que la prohibición abarca a los mayores de edad también desde las 10 de la noche: “a) Queda expresamente prohibido de 22,00 a 08,00 horas, el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas en los establecimientos comerciales que giran en los rubros kioscos y/o venta de productos alimenticios y que no cuenten con comodidades y habilitación municipal para el consumo de bebidas en el lugar. b) Como así también queda expresamente prohibido de 22:00 a 8:00 horas el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas en los comercios habilitados como estaciones de servicios y sus anexos”. Asimismo, dijo que se debería pensar en ampliar el horario de restricción de la venta a los mayores de edad.
En consecuencia, la ordenanza que prohíbe la venta de alcohol después de las 22, aunque no dice taxativamente ‘supermercados’, abarca también a los negocios de ‘venta de productos alimenticios’. Cabe deducir que, por ende, también abarcaría a supermercados y, por lo tanto, deberían respetar la misma o ser sancionados en caso de infringir la norma.