Se reformó el reglamento de mediación previa obligatoria para el fuero civil y comercial de Entre Ríos

En el nuevo reglamento aparece una metodología más ordenada para buscar artículos y se llenan vacíos legales que se presentaban en el anterior. Asimismo se crea un registro específico de mediador de familia con especialidad en esa materia específica. También se incorpora un registro de mediadores a distancia, con la utilización de los métodos de Tecnología de la Información y la Comunicación -T.I.Cs- (Skype-videoconferencia y otras vías).

Esto posibilitará que los ciudadanos que estén en otras provincias puedan participar de la etapa prejudicial sin tener que trasladarse, lo que significa un avance hacia la integración y la equidad para el acceso a la justicia a través de nuevas tecnologías de la información y comunicación como herramientas institucionales al servicio de la resolución de conflictos.

En relación a los honorarios de los profesionales se crea una unidad de valor (MED) equivalente a un honorario básico que será actualizado anualmente. El nuevo reglamento fue aprobado por Acuerdo General Nº 36/18 del 21 de noviembre de 2018 Punto 3º).

Desde este link se puede acceder al texto íntegro del Punto 3°) del Acuerdo General N° 36/18: 
http://mediacion.jusentrerios.gov.ar/wp-content/uploads/2015/10/Reglam.Mediaci%C3%B3n-Previa-Obligat.-Ac.-Gral.-36-18-Punto-3%C2%BA.pdf

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