Elecciones en la CEC: las listas Violeta y Celeste demandan documentación sobre la Amarilla

A las 10 ingresaron los representantes de la lista “Celeste”, cuyo apoderado es Pedro Merro, la presentación fue revisada minuciosamente, lo que demanda un tiempo ya que representa alrededor de 350 formularios. Cerca de las 12, ingresó la lista “Violeta” con su apoderado Daniel Cedro y probablemente en el transcurso de esa hora habría ingresado la lista oficialista “Amarilla”, que desde la oposición desconocen quien la apodera.

Por medio de notas, presentaciones ante escribano público y sucesivos reclamos ambas listas opositoras (Celeste y Violeta) no han podido acceder a la documentación necesaria para proceder, y en los plazos estipulados de cinco días corridos, a la documentación de la lista oficialista, y por lo tanto no pueden ejercer el derecho de poder impugnar la presentación Amarilla.

“En reiteradas oportunidades se han presentado listas que no han prosperado por impugnaciones oficialistas que han evitado que se realicen elecciones de autoridades lo que daña el espíritu cooperativista y participativo”, argumentaron desde la lista Celeste. Otro de los inconvenientes manifestado por los apoderados de la lista Celeste y Violeta es la falta de acceso a un padrón de asociados depurado por asociados habilitados para votar.

El artículo 55 del estatuto de la Cooperativa expresa: “…El Consejo de Administración formulará las impugnaciones a que hubiere lugar dentro de los cinco días corridos de presentadas las listas. Estas observaciones e impugnaciones deberán ser notificadas fehacientemente a los apoderados de la lista, quienes deberán subsanar los inconvenientes dentro de los cinco días corridos de notificados. Si dentro de esos plazos se tuviere conocimiento que sobrevinieran nuevas causas de impugnación u observación, el Consejo de Administración tendrá obligación de hacerlas conocer formalmente al apoderado/s, otorgándole un plazo de cuarenta y ocho horas corridas para subsanarlo. Durante los plazos que se fijan en este artículo el apoderado tendrá derecho a acceder a toda la documentación de la/s lista/s presentada/s, como también a toda la documentación relativa al acto eleccionario a llevarse a cabo en la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda…”

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