Cuando se leyó el adelanto de veredicto el 3 de julio, Derudi detalló algunos aspectos de la parte resolutiva. En primer término dejó en claro que no hubo afectación al derecho de defensa de la encausada, “quien ha contado con los medios y con el tiempo necesario para preparar su defensa asistida por diferentes letrados durante todo el derrotero procesal”. En base a ello, “el Tribunal entendió que la denuncia de violación al debido proceso formulada por la Defensa Técnica, deviene huérfana de todo sustento fáctico y jurídico, apareciendo como un vano intento de cuestionar un trámite procesal que no presenta un solo atisbo de irregularidad”.
Sobre el fallecimiento de Fernando Pastorizzo, el Tribunal consideró “acreditado con el grado de certeza que exige una sentencia condenatoria y fuera de toda duda razonable, la materialidad del hecho y la intervención de la imputada en el mismo, en las precisas circunstancias de tiempo, modo y lugar que fueran especificadas en la imputación formulada por el Ministerio Público Fiscal”, argumentó el Tribunal, por lo cual “el hecho probado resulta típico en los términos del homicidio calificado por ser de una persona con quien ha mantenido relación de pareja”.
En cuanto a la calificante de alevosía planteada por los querellantes, el Tribunal le dio la razón a los defensores al decir que “las concretas circunstancias de modo contenidas en la imputación dirigida a la acusada, no permiten dicha adecuación típica, so pena de afectar el principio de correlación o congruencia y con ello el derecho de defensa de la encausada”.
Por otra parte tampoco se tuvo en cuenta el agravante del uso de arma porque en el caso no se verifica que la violencia o intimidación emergente del uso de un arma de fuego importen una adición al homicidio agravado. Esta cuestión ha generado profundos debates por la interpretación. El abuso de armas es tenido en cuenta cuando la pistola –además de disparar – es utilizada para algo más, como ser un amedrentamiento previo para llegar al objetivo. Un ejemplo claro de ello es cuando una persona amenaza a otra con un arma y lo traslada hasta otro lugar a punta de pistola y lo asesina.
Todos estos elementos quedarán detallados en la sentencia que se conocerá hoy y a partir del momento en que se den a conocer, los abogados defensores de Nahir Galarza tendrán diez días para presentar el Recurso de Casación que tras la última audiencia adelantaron que interpondrán para lograr una baja en la condena, informó El Día.