Sedición policial: la Procuración apela el fallo del STJ a la Corte Suprema de Justicia

Dos de los jueces de la Sala Penal del STJ decidieron que se anule la sentencia de Casación y que ésta instancia se realice nuevamente. Hay que recordar que Casación había agravado las penas para los 17 policías que habían sido condenados en primera instancia. “Las agrava en algún aspecto porque lo que hace Casación es decir que la sedición era una sedición agravada, un tipo calificado de sedición”, indicó. Pero, para la Sala Penal del STJ, no se debió haber admitido el recurso que interpuso la fiscalía cuando apeló el fallo de la Sala Penal de Concordia.

Para Goyeneche, la Sala Penal del STJ resolvió en forma contraria a lo que expresamente prescribe el Código Procesal Penal que permite al Ministerio Público Fiscal recurrir los casos en que haya sentencias absolutorias. “Eso fue lo que efectivamente ocurrió en este caso donde se los absolvió a los imputados por algunos de los hechos por los cuales nosotros los acusamos”, indicó.

En particular, por la privación de la libertad al Jefe de Policía el 8 de diciembre de 2013, Lucio Villalba, y por las lesiones que sufrió el comisario Ariel Silva ese mismo día cuando los policías que realizaban una marcha ingresaron a la Jefatura.  “Por esos hechos habían resultado absueltos y eso motivo que interpusiéramos la apelación”, dijo. La Cámara de Casación también aceptó esos argumentos y revocó el sobreseimiento, pero no les impuso pena por esos delitos y dejó eso librado a otra instancia posterior.

Por otra parte, la procuradora adjunta subrayó que los 17 policías condenados por sedición por los hechos cometidos los días 8 y 9 de diciembre de 2013 se encuentran en la misma situación y para ellos “nada relevante ha cambiado”. Por ello, en 2015 la Sala Penal les impuso penas privativas de la libertad.

El sábado pasado, el defensor oficial Alejandro Giorgio adelantó que cuando se conforme un nuevo tribunal de Casacion apuntarán a anular la sentencia de primera instancia porque entiende que no hubo delito de sedición. “Queremos anular porque está todo mal hecho para nosotros, respetuosamente hablando, para volver a hacer un debate pero bien hecho”, indicó. “Diecisiete imputados nunca pudieron haber cometido sedición. Pudieron haber cometido otros delitos como desobediencia o incumplimiento de los deberes de funcionario público, pero nunca sedición porque 17 personas nunca pudieron haber tomado las nueve comisarías y los 100 móviles policiales o haber impedido que 900 funcionarios salgan a patrullar”, indicó Giorgio.

Sin embargo, para Goyeneche, ninguno de los defensores cuenta con elementos “contundentes” o “sólidos” que puedan modificar la sentencia de primera instancia. “Naturalmente tienen derecho a una segunda instancia de revisión de la sentencia condenatoria, pero, lo digo desde mí óptica, desde la contraparte: no es esperable que ninguno de esos recursos sea admitido y que se pueda llegar a una anulación de sentencia porque nada de los que ellos plantean es sólido o contundente”, sopesó Goyeneche.

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