HIJOS exige prisión perpetua para Jorge Horacio Capellino, médico y genocida

La causa Capellino, en la cual lxs H.I.J.O.S. Paraná somos querellantes, tramita por el antiguo y ya derogado Código de Procedimientos en Materia Penal, un beneficio que en estas y otras causas tienen los genocidas enjuiciados en Entre Ríos. Por este motivo el pedido de pena fue efectuado por escrito y no en el marco de un juicio oral y público y a la vista de toda la sociedad, como hubiera correspondido. Se trata de un desprendimiento de la megacausa Área Paraná, que concentró a la mayor cantidad de hechos ocurridos en esta zona de la provincia, y que se iniciara en los inicios de la recuperación de la democracia. O sea que lxs familiares de las víctimas llevan 35 años esperando el veredicto del Poder Judicial. El mismo tiempo que Capellino y sus pares genocidas llevan manteniendo el pacto de silencio e impunidad.

En el escrito presentado por Sofía Uranga, por nuestra organización; Marcelo Boeykens, en representación de Clarisa Sobko, y Ana Lucía Tejera por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación, nuestrxs abogadxs consideraron probado que el imputado tuvo “directa relación con los hechos ilícitos que se le imputan, llevados a cabo en el ámbito del II Cuerpo del Ejército Subzona 22 ‘Paraná’” y “ha sido parte de un engranaje represivo indispensable desde donde se llevaron a cabo las privaciones ilegales de la libertad, los tormentos, las muertes y las desapariciones”. 

Hoy Capellino tiene 72 años y cumple prisión preventiva en la comodidad de su departamento de avenida Congreso 2540 3º “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En 1976 era un médico militar con grado de teniente primero que prestaba sus servicios para la implementación del terrorismo de Estado. El 26 de septiembre de ese año participó de la Masacre de la Tapera, como se recuerda al simulacro de enfrentamiento que los señores de la muerte montaron en una vivienda de calle Rondeau 1396, entre Almirante Brown y Don Bosco, en la capital entrerriana.

Allí fueron masacrados los compañeros Beto Osuna y Fernández. Ambos estaban maniatados y habían sido salvajemente torturados luego de haber pasado por numerosos Centros Clandestinos de Detención y Tortura en Santa Fe y Paraná. Hubo más de 300 impactos de bala, en un curioso “enfrentamiento” en el que no hubo bajas del lado de las fuerzas armadas y de seguridad y sí “dos extremistas abatidos”. Capellino formó parte de ese operativo macabro; brindó sus servicios profesionales para que los homicidios se pudieran concretar, efectuó el traslado de los cadáveres hacia el Hospital Militar y contribuyó a su ocultamiento. El cuerpo de Osuna fue recuperado por la familia años después y en 2007 fue identificado y restituido oficialmente por el Equipo Argentino de Antropología Forense. Fernández continúa desaparecido.

Capellino también tuvo una participación clave en el asesinato y desaparición de Pedro Sobko. El 3 de mayo de 1977 puso su firma en el certificado de defunción de Pedro, consignando el deceso ocurrido el día anterior como el de una persona no identificada (N.N.) e indicando como causa de su muerte “anemia aguda debido a herida de bala en hipocondrio derecho por accidente”. Es una constancia claramente irregular, porque no tenía las formalidades requeridas y, sobre todo, porque fraguaba la causa de la muerte.

No fue ningún accidente: el padre de nuestra compañera de H.I.J.O.S. Clarisa Sobko había sido detenido en calle Bolivia y había conseguido escaparse del baúl del auto en el que era trasladado, en la zona de avenida Ramírez y Don Bosco, pero fue gravemente herido de un disparo a quemarropa, ante la vista de los vecinos y transeúntes, por el policía federal ya condenado a perpetua Cosme Ignacio Marino Demonte. Lo llevaron agonizando al Hospital Militar, donde falleció ante la vista de colimbas y enfermeras que brindaron testimonio a la Justicia. Sus restos aún no han sido encontrados.

El imputado también participó de las torturas que sufrió un compañero sobreviviente, que fue baleado y detenido el 28 de febrero de 1977 en calle 25 de Mayo de Paraná. Lo llevaron al hospital San Martín, donde fue operado de urgencia, y luego al Hospital Militar, el territorio de Capellino. Allí, en el nosocomio castrense, el genocida fue el encargado de controlar las torturas que padeció la víctima. Su aporte era fundamental para que los tormentos se siguieran cometiendo.

Como señalan lxs abogadxs en el alegato, Jorge Horacio Capellino debe ser condenado por homicidios agravados, privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos, vejámenes y apremios ilegales, todos ilícitos enmarcados en el tipo genérico del delito de lesa humanidad y en el específico del delito internacional de genocidio.

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