Un juez de Paraná dictó conciliación obligatoria y ordenó a Agmer suspender el paro de 48 horas

La medida es por el término de 20 días hábiles y ordena a las partes suspender las medidas de fuerza anunciadas por los mencionados gremios docentes, consistentes en paro para los días 10 y 11 de abril próximo. Además fija la audiencia conciliatoria entre el gobierno y los gremios para el lunes 10, a las 17. 

La defensora pública en turno, Marcela Piterson, corrió vista de lo peticionado y propicia la admisión de ello argumentando que “la educación es un derecho humano intrínseco y un medio indispensable para realizar otros derechos humanos”. Por ello, agrega más adelante que “corresponde a las asociaciones gremiales y sindicales ajustar el ejercicio constitucional del derecho de huelga, evitando adoptar medidas que vulneren o restrinjan el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes”.

Cabe mencionar que la conciliación obligatoria con intervención judicial resulta el mecanismo normativo dispuesto a fin de que las partes continúen las negociaciones, con el único fin de arribar a un acuerdo.

El documento presentado por el gobierno este viernes consignaba que “el derecho que peligra es el de aprender” que “está consagrado en la Carta Magna”. También se puso de relieve que “desde el Gobierno Provincial se han hecho todos los esfuerzos posibles en conversaciones informales inicialmente y luego en sede administrativa por llegar a un acuerdo con las entidades gremiales que permita el desarrollo normal de la actividad educativa”.

Es en ese marco, que el gobierno pone en conocimiento al Poder Judicial que “nuestro derecho de negociar de Buena Fe, se ha visto vulnerado y conculcado, entendiendo que la instancia judicial será el último eslabón posible para conseguir el acuerdo que ponga fin a la situación de conflicto”.

En el escrito firmado por Miriam Clariá, abogada apoderada del Consejo General de Educación, con patrocinio letrado del Fiscal de Estado de la Provincia de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, el gobierno promovió ante el Juzgado de Trabajo en turno de Paraná, la acción prevista en el artículo 1º último párrafo de la ley 9624, a fin de que se disponga la Conciliación Obligatoria prevista y la suspensión de las medidas de fuerza dispuestas o a disponerse por el término previsto en el artículo 16 de esa ley, es decir, por un término de 20 días hábiles.

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