“Se rechazó la acción de amparo que habíamos presentado la semana pasada”, dijo Vargas. Si bien la jueza camarista de la Sala II en lo Civil y Comercial de Concordia, Estela Mendez Castells, que interviene en la causa dictó una medida cautelar en primera instancia, finalmente hoy optó por rechazar el recurso de amparo. “La cautelar tiene vigencia hasta que se dicte la medida de fondo”, explicó.
“Yo me enteré hace dos horas. Estamos acá en Paraná y los abogados de Concordia nos avisaron. Así que en estas horas evaluar las medidas a seguir”, sostuvo. “Lo vamos a estar comunicando esto a través de nuestra página web (http://www.adecen.org)”, indicó.
El 21 de febrero pasado, Castells había resuelto hacer lugar a la medida Cautelar presentada ayer por el asesor de la ONG vinculada al derecho de consumidores de Entre Ríos. La medida judicial consistía en obligar a la cooperativa eléctrica a no cortar el servicio de energía a aquellos usuarios que no puedan pagar la factura, hasta tanto se resuelva el tema judicial principal.
Además, intimaba al Consejo de Administración que, en el término de 3 días, haga su descargo y presente un informe sobre la veracidad o no de los dichos y afirmaciones de los consumidores. También al EPRE, el órgano regulador provincial, le pidió un informe sobre el particular. Esta semana, la Cooperativa Eléctrica de Concordia, el EPRE y el Fiscal de Estado contestaron al respecto.