El proyecto de ley consta de diez artículos donde se especifica lo que se entenderá por poda, tala, extracción y daños a las especies arbóreas. En el artículo tercero prohíbe la extracción, poda drástica, indiscriminada y extemporánea, y la tala y el daño a todo árbol protegido por la ley, aunque en el artículo siguiente se enumeran excepciones a la poda o erradicación del arbolado público en casos de decrepitud o decaimiento, cuando por mutilaciones voluntarias o accidentales no se pueda lograr su recuperación, cuando interfieran u obstaculicen la prestación de un servicio público o no guarden las distancias a tendidos eléctricos o telefónicos previstos en la normativa vigente y/o dificulte o impida la visibilidad de semáforos.
Asimismo, se exceptúa a la tala de aquellas circunstancias en las cuales el o los ejemplares necesariamente afecten a obras de reparación o construcción de infraestructuras (en tal caso se procederá a su trasplante) y en casos que la tala sea la única alternativa se exigirá la plantación de un ejemplar de la misma especie por cada año de edad del árbol eliminado.
El proyecto de la diputada establece que será la Secretaria de Ambiente -o el órgano que en el futuro la remplace- quien deberá asegurar el eficaz cumplimiento de la presente ley, pudiendo los municipios adherir a la misma mediante la creación de una dependencia, bajo la responsabilidad de un funcionario que ostente el título de ingeniero forestal o ingeniero agrónomo o técnico especializado. Esta oficina municipal sería la encargada de formular anualmente un plan de forestación y/o reforestación con una partida destinada a tal fin.
En otro orden de cosas el proyecto de ley establece que la provincia o los municipios podrán declarar de interés público aquellos árboles o grupos de árboles que por su valor histórico, natural, cultural o estético deben preservarse debiendo adoptar todas las medidas necesarias y posibles que aseguren la supervivencia de los ejemplares. Se contempla, además, la posibilidad de arbolado de las rutas y la creación de islas, como así también la existencia de un Fondo de Reforestación a partir de las actas cobradas por infracciones a la ley.