El protocolo aprobado por los concejales establece la colocación de afiches con los puntos básicos de las medidas a tomar en caso de extravío de un familiar, amigo, conocido, desconocido o alguien en particular. Deben ser ubicados en distintos puntos de la ciudad, como dependencias policiales, instituciones públicas y lugares de concurrencia masiva.
En el artículo 3° se destaca que se deben implementar los mecanismos necesarios para que el acceso a la información llegue a todos los puntos de la ciudad y por todos los medios posibles.
Además los ediles mencionaron que ninguna comisaría puede negarse a recibir la denuncia. No importan las razones por las que una persona se ausenta (conflictos familiares, problemas de adicciones, etc.), la denuncia debe hacerse igualmente de manera inmediata y la comisaría no puede negarse a tomarla. No existe norma que avale un plazo para tomarla.
Asimismo se debe aportar la mayor cantidad de datos sobre la persona extraviada es importante para la eficacia de la búsqueda (fotografías, descripción exhaustiva de características físicas o señas particulares, cómo vestía la última vez que fue vista, lugares que suele frecuentar, datos de personas con las que podría encontrarse, etc.).
Es conveniente pedir una copia y/o constancia de la denuncia así como dejar los números telefónicos de contacto a la autoridad policial o judicial. En caso de que la denuncia sea hecha en una comisaría, consultar a qué fiscalía se puso en conocimiento y pedir datos de contacto de la misma.
Tampoco importa si la persona se ausentó en otras oportunidades. En caso de niños, niñas y adolescentes, pueden irse por su propia voluntad, pero al estar fuera de su entorno se encuentran expuestos a situaciones de peligro.
Estadísticas reveladoras
La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), en un trabajo conjunto con la asociación civil Acciones Coordinadas Contra la Trata (ACCT), presentó en 2015, un mapa nacional donde cruzaron los datos de todas las policías provinciales y dependencias gubernamentales especializadas. Según el informe, "actualmente en el país existen 6.040 casos de niñas, niños, adolescentes y personas adultas que son buscadas. De esas 6.040 personas buscadas, 3.231 son niñas, adolescentes y mujeres adultas y 2.801 son niños, adolescentes y varones adultos". Los casos están comprendidos entre 1990 y 2013.
Sobre las provincias, en la región nordeste se concentraba el mayor el número de mujeres buscadas, que representan el 67 % de los casos denunciados, contra el 33% de los hombres. El total es de 417 casos. Los desparecidos tienen, principalmente, entre 11 y 16 años: se registra un pico de 46 casos a los 16 y otro de 39 casos a los 15. En el Noroeste, el 61 % de los 1.593 casos corresponde a mujeres y el 39 % a hombres. Sólo en Tucumán, buscan a 806 mujeres.
Primeras 72 horas cruciales
Entre los considerandos, se establece que el extravío voluntario e involuntario de un familiar es un acontecimiento imprevisto y del que nadie se encuentra preparado. Por ello, el equipo de unidad de búsqueda de personas extraviadas implementa mecanismos necesarios para dar contención e información sobre el trabajo que se está realizando, a los familiares de personas extraviadas.
El dispositivo permite plasmar los recursos a utilizarse en el caso concreto, dependiendo de cada caso y de las particularidades propias. Por ello, es necesario que las unidades de actuación, los familiares de la persona extraviada y la ciudadanía en general, tengan acceso a la información precisa respecto al instructivo. El conocimiento del mismo permite a las unidades de búsqueda acelerar los mecanismos de actuación.
Resulta necesario que la sociedad pueda contar con conocimientos acerca de cómo actuar ante el extravío de un familiar, amigo, conocido, desconocido o alguien en particular, y poder brindar a las unidades de búsqueda toda la información con que cuenten acerca de la persona extraviada.
Además se señala que, ante el extravío de una persona, las primeras 72 horas son de suma importancia para extremar las medidas que den con su paradero. En ese sentido, se explicitó que el Ministerio de Seguridad de la Nación cuenta con un dispositivo de Instrucción de Actuación para la búsqueda de Personas Extraviadas, plasmado en la resolución 1256/2011.
Para tener acceso al instructivo es necesaria la difusión y publicidad del mecanismo implementado así como los puntos básicos relevantes que pueden ayudar a obtener información de la persona extraviada. Y es necesario reforzar los puntos básicos del instructivo para que ante un acontecimiento de esta índole, la sociedad pueda colaborar en la búsqueda de la persona extraviada.