Entre los cambios significativos respecto a la normativa vigente se encuentran una mayor presencia municipal en todo el proceso de habilitación y control en el funcionamiento de los geriátricos, con intervención de más áreas, el cumplimiento de requisitos edilicios que se adecuen a la legislación provincial y medidas mínimas de seguridad y protección del inmueble.
La normativa otorga la posibilidad de establecer, previo convenio con el gobierno provincial, un contralor en la salubridad y cumplimiento de toda la normativa vigente en la materia de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N°9823 que faculta a “(…) delegar en los Municipios el ejercicio del contralor de funcionamiento de las Instituciones (…)”.
El proyecto consta de 30 artículos en los que se legisla sobre habilitación municipal, requisitos y medidas de seguridad del inmueble, régimen de inspección, sanciones, convenios con entidades gubernamentales provinciales u otras y el registro local de los servicios que se buscan alcanzar con la nueva ordenanza.
La nueva ordenanza preserva varios artículos de la normativa vigente y rescata las adhesiones a la Ley Provincial, pero busca establecer específicamente los alcances en las competencias que posee la Municipalidad tanto en las habilitaciones como en los controles posteriores y permanentes.
La nueva norma que el bloque de Cambiemos intenta poner en debate y que buscará lograr los consensos necesarios para su aprobación durante el año legislativo, exime a las instituciones que funcionan actualmente en la ciudad del cumplimiento de exigencias edilicias imposibles de ejecución, o que impliquen modificaciones de gran envergadura.
De todos modos, los prestadores de servicios gerontológicos y de geriátricos deberán proponer soluciones alternativas que no se opongan a la legislación provincial, no se desvirtúen los propósitos esenciales de la presente y que estén aseguradas las condiciones mínimas de higiene y seguridad, mediando opinión de las oficinas técnicas de los órganos competentes.
En ese caso, deberán realizar un plan de adecuación a las condiciones legales que deberá ser ejecutado dentro del término de un año, plazo prorrogable una sola vez por igual término, decisión fundada que deberá tomar la autoridad competente.
Para los concejales de la primera minoría, otorgar mayor control y regulación de los servicios gerontológicos y/o geriátricos de la ciudad permitirá desarrollar un trabajo conjunto entre Municipio y Provincia, para velar por una mayor protección y bienestar de los adultos mayores que se encuentran asistidos en ese tipo de instituciones.