- Se creó la Comision Asesora para el desarrollo de complejo terman municipal
La misma será integrada por tres representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, dos concejales del bloque mayoritario y uno por cada uno de los bloques minoritario. La Comisión tendrá como finalidad principal: colaborar en la planificación, administración y ejecución de la construcción, desarrollo, explotación y promoción del Complejo Termal Municipal de Concordia.-
- Se modificaron las estructuras organicas de las diferentes secretarías, subsecretarías y dorecciones que integran el municipio
Las modificaciones aprobadas tienen como objetivo dotar de mayor agilidad y eficiencia a la estructura de las diferentes reparticiones del Estado Municipal.-
- Se declaró de utilidad publica y sujeto a expropiación un inmueble destinado a la construccion e instalación de la Planta de Tratamiento de Afulentes Cloacales de la ciudad de Concordia.
De una extensión de 77 Has. 72 As. 74 Cas., perteneciente a la Chacra Nº 20 de Colonia Adela; más conocido como “La Charita”, destinándose, el predio para la futura planta de tratamiento de efluentes,.
- Se adhirió a la declaración del año 2017 como año Sanmartiniano. Bicentenario del cruce de los Andes 1817 -2017
Además se constituyó además una comisión ad hoc que funcionará como órgano consultivo y de orientación para todas aquellas actividades que tengan como objetivo trabajar en la recuperación y revalorización histórica de la gesta patriótica Cruce de los Andes.
- Se ratificó el decreto que autoriza al instituto de Tierras y Viviendas municipal para la adquisición de tres inmuebles
Los mismos se encuentran ubicados en la zona su-brurales de la ciudad de Concordia
Proyectos a ser debatidos y analizados en sesiones ordinarias, los cuales ingresaron a Secretaría del Concejo Deliberante.-
1- Reglamentación de la actividad de los controladores de admision y permanencia en espectaculos públicos.
El Ejecutivo Municipal ingresó un Proyecto que reglamenta la actividad de los Agentes de Control de Admisión y Permanencia de público, estableciendo una serie de requisitos a cumplir por dicho personal e incorporando un régimen de control y capacitación hasta tanto la Legislatura Provincial adhiera a la Ley Nacional 26.370 y se reglamente su aplicación.-
2- Prohibición de la realización de fiestas, bailes y/o cualqueir tipo de espectaculos similiares con ingreso masivo, que no haya obtenido autorización municipal.
Este proyecto, prohíbe la realización de fiestas, bailes y/o cualquier tipo de espectáculos de características similares con ingreso masivo de personas al que se pueda acceder por pago de suma dineraria, tarjeta, entrada, o portando algún elemento destinado a su ingesta, o con cualquiera otra identificación o contraseña, que no haya obtenido autorización municipal previa; siendo pasibles de multas a los promotores, organizadores, publicistas y quienes tuvieren alguna responsabilidad en su organización. Idéntica sanción se impondrá a propietarios, poseedores, tenedores de establecimientos en donde se desarrolle tal evento.-