Rechazo de entidades profesionales a una medida de ATER

En el texto de las Asociaciones de Profesionales se expresa el más enérgico rechazo al proyecto de ley de creación del régimen “simplificado” del  Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales, atento a que los profesionales universitarios entrerrianos entienden que el régimen general vigente, no representa complejidad alguna, que  requiera un régimen “simplificado” como el propuesto.

“Muy por el contrario, el régimen vigente tiene un adecuado régimen de retención, verdaderamente simple y sencillo para ser liquidado y abonado por los profesionales, a diferencia del actual proyecto propuesto, el que hace engorroso el cálculo de los ítems que se incluyen en las distintas categorías que crea;  además un gran porcentaje de los profesionales entrerrianos no encuadran en los requerimientos de dichas categorías propuestas”, indicaron.

Por otra parte cabe señalar, que los profesionales universitarios no perciben ingresos brutos como retribución por los servicios que prestamos,-como se menciona en el proyecto de ley, sino que perciben “honorarios” por no ser su actividad de naturaleza comercial sino que dichos servicios tienen naturaleza civil. “Y además, el proyecto que ponemos en crisis pretende aplicar al régimen  ‘simplificado para los profesionales’ el mismo ‘régimen simplificado que para los Ingresos Brutos comerciales’”.

“Es por esto, que  entendemos existe una animosidad implícita tendiente a equiparar los servicios profesionales con la actividad comercial, desconociendo los fundamentos históricos, filosóficos y jurídicos que los distinguen”, manifestaron.

El proyecto contiene errores conceptuales notorios e inadmisibles, tales como que los matriculados “puedan ejercer actividad profesional post mortem, al establecer que pueden optar por el régimen que proponen crear ‘las sucesiones indivisas’  lo cual contradice el sentido común, pues los servicios profesionales son personales,  y están de acuerdo a las capacidades profesionales acreditadas personalmente, en las que impera el aporte intelectual, el conocimiento y la técnica, lo que no se adquiere por herencia”.

“Resulta una total y absoluta desprolijidad del gobierno, que atenta contra el sistema republicano de división de poderes, que la ATER haya emitido con fecha 8 de septiembre la Resolución General Nº 318, reglamentando este régimen, sin estar aún sancionada y promulgada la ley que lo instituye, esto surge así incontrastablemente de las disposiciones del art. 8 de tal Resolución General”, indicaron.

Finalmente, la AEPUER aconseja a los matriculados de sus entidades miembros a permanecer en el régimen general vigente del Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales.

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