La concejal recordó que hay dos proyectos al respecto: una elaborada por el concejal Esteban Benítez (Cambiemos) que restringe la pirotecnia a lugares específicos en fechas determinadas y la otra, presentada por Amadeo Cresto (FPV), que promueve su prohibición total. La edil sostuvo que pretenden que los autores de ambas iniciativas lleguen a elaborar un texto en común.
Aunque el calendario avanza y las Fiestas de fin de año se acercan, hay tiempo como para tratar el tema. “Esperamos que si sale la semana próxima el proyecto tengamos un tiempito para analizarlo y llevarlo al recinto con despacho”, dijo Bergalio.
El proyecto del edil del FPV establece que la prohibición de la comercialización, transporte, almacenamiento y manipulación de elementos pirotécnicos. En el artículo 2° otorga facultades al Juzgado de Faltas para que sancione a quienes violen la ordenanza. Al día siguiente de la audiencia Cresto dijo que antes de ser concejal fue proteccionista de animales. “Yo no quiero pirotecnia, ni siquiera un chasqui-boom, nada. He sufrido desde chico el tema de los animales lastimados, perdidos”, dijo. A ello agregó que los perjuicios también lo sufren las personas mayores o con problemas de salud como quienes padecen autismo. “No le encuentro la diversión a la explosión. Mi postura es pirotecnia cero”, dijo.
En tanto, la iniciativa del concejal de Cambiemos establece algunas excepciones. Por ejemplo, señala que la realización de espectáculos con utilización de fuegos de artificio, destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de eventos especiales, “deberá contar previamente con la autorización del Concejo Deliberante mediante resolución fundada del Departamento Ejecutivo quien deberá elevar el pedido excepcional al cuerpo deliberante, quien establecerá una habilitación temporaria, donde constará el o los días de espectáculo, y el lugar de emplazamiento solicitado”.
San José
El 9 de agosto, el Concejo Deliberante de la Ciudad de San José aprobó por unanimidad una ordenanza que prohíbe el uso, tenencia, fabricación y exhibición de pirotecnia como bombas de estruendo, globos aerostáticos, petardos y demás elementos de coheterías que no hayan sido calificadas como de venta libre por el RENAR cuya especificación técnica se denominan como categoría A11 que son aquellas de bajo riesgo como, estrellitas, chasquidos, cebitas, etc. En cuanto a la categoría B3, son la de riesgo limitado que pueden explotar en masa, (cohetes, petardos, canitas voladoras), luces artificiales que sean de venta libre, podrán comprarse pero no usarse.
Asimismo, el alcance de la normativa prohibirá el uso en actividades masivas en la vía pública y/o predios particulares, ya sean manifestaciones particulares, culturales, deportivas, sindicales o en todo acto organizado por la Municipalidad de San José, a su vez, establecerán multas y sanciones para los infractores. Entidades defensoras de los derechos de los animales junto a la firma de centenares de vecinos hicieron posible que se llegara a la sanción de esta nueva ordenanza para la ciudad.