Tierras Fiscales: Se instrumentará un plan de regularización

Schepens también anticipó que se buscará acentuar la presencia estatal y el control sobre el territorio, y por lo tanto resulta oportuno reglamentar el Plan de regularización de tierras fiscales. 

Este Plan establece la apertura de un registro de productores interesados en la explotación económica de islas fiscales, herramienta que se instrumentará por decreto. 

En cuanto a lo productivo y económico, sólo se desarrollarán en la superficie de islas y anegadizos pertenecientes al dominio público provincial producciones alternativas que sean ambientalmente sustentables, como la ganadería bovina extensiva; apicultura y amarraderos de barcazas entre otras. 

En cuanto a ganadería bovina, el registro a implementar, permitirá el acceso a pequeños y medianos productores a la tierra pública, para su uso racional, fijándose en cada permiso las obligaciones que tiene todo usuario de tierra pública en zona de islas y anegadizos, entre las que se encuentra la de proponer un Plan de manejo ganadero y/o apícola. 

Por su parte, el director de Administración de Tierras Fiscales, Pablo Bonato, comentó que el carácter de permisionario “se mantendrá en tanto se cumplan estrictamente las normas que contemplan cuestiones ambientales, especialmente la realización no autorizada de quema de pastizales, la construcción no autorizada de endicamientos, terraplenes, drenajes u obras similares que impidan el normal funcionamiento natural del régimen hidrológico del Delta”, afirmó el funcionario provincial. 

Está previsto, atendiendo a las pautas ambientales para reglamentar el uso de la tierra pública en el Delta, la participación del INTA, Senasa y Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Entre Ríos, entre otros organismos específicamente involucrados en la temática. 

La reglamentación también contempla los permisos para realizar la actividad de amarre de barcazas en inmuebles fiscales, que no tiene reglamentación. Entre Ríos cuenta con el Instituto Portuario, creado por ley Nº 8900, motivo por el cual su participación es esencial para analizar la viabilidad de todo proyecto de amarre que se quiera desarrollar en inmuebles del dominio público provincial. 

Este Plan surge ya que la zona de islas de la provincia son usuales las usurpaciones de lotes desocupados. Es por ello que también tendrá intervención la Escribanía Mayor de Gobierno, para constatar las ocupaciones irregulares, y la Fiscalía de Estado para accionar judicialmente ante ellas. A ello se debe sumar la intervención de Policía de Entre Ríos, que ya cuenta con esas facultades, conforme lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 1186/10 GOB. 

El ministro de Producción también comentó sobre la situación de los pobladores de la zona de islas, “son un grupo social valioso por el conocimiento sobre los ambientes, ya que han nacido o residido por largo tiempo y al cual han ido adecuando sus medios de vida, debiendo permitir a dichas personas acceder a la tierra y acompañarlos en la adopción de sistemas productivos que conserven el ambiente y garanticen su calidad de vida” afirmó Schepens. 

En ese contexto, se implementará un registro de pobladores, con la participación del Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Secretaría de Economía Social, a fin de relevar y brindar cobertura a aquellos pobladores que así lo requieran. 

Los organismos estatales antes mencionados y otros también específicos de las actividades productivas y ambientales, conformarán un equipo asesor que dictaminará sobre la conveniencia de otorgar permisos de uso oneroso en cada caso concreto y establezcan, por sus competencias e incumbencias, las pautas de explotación. En base a las conclusiones de este equipo, se otorgaran, denegarán o revocarán autorizaciones. 

Una vez implementado el plan de regularización de tierras fiscales, se dejará sin efecto todo acto administrativo por el cual se haya otorgado autorización, comodato, permiso de uso y/o tenencia precaria a favor de particulares el uso, usufructo, ocupación y/o cualquier otro tipo de finalidad de inmuebles del dominio público provincial que se ubiquen en la zona de islas y anegadizos, emanadas del Poder Ejecutivo provincial.

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