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La querella apeló la sentencia de la causa Área Paraná

El 23 de diciembre se conoció la sentencia de la esperada mega causa Área Paraná, donde Cosme Demonte fue condenado a cadena perpetua, pero los otros seis imputados recibieron penas más bajas de lo que se esperaba.

Alberto Rivas recibió seis años de condena por considerarlo “partícipe secundario” por privación ilegítima de la libertad y tormentos de varias víctimas, aunque Fiscalía y Querella habían pedido 25. Lo mismo sucede con Rosa Bidinost, condenada a seis años de prisión (la Querella había pedido 25 años y la Fiscalía 15), en este caso el Tribunal ordenó su “inmediata libertad”, por haber cumplido ya su condena. En tanto, Oscar Obaid, fue condenado a tres años (la Querella había pedido 25 años y la Fiscalía ocho).

Para Jorge Appiani, recibió una condena de 18 años, aunque la Querella había pedido prisión perpetua y la Fiscalía 25 años. La pena vencerá el 4 de junio de 2027.

José Anselmo Appelhans fue condenado a 14 años, mientras los querellantes y los fiscales  habían peticionado 25 años de prisión. El condenado cumplirá sentencia el 4 de junio de 2023.

El médico Hugo Moyano fue sentenciado a ocho años, que vencen el 4 de junio de 2017.  En este caso la Querella había pedido 25 años de prisión y la Fiscalía 18.

El único que fue condenado conforme a lo pedido por Querella y Fiscalía fue Cosme Demonte quién recibió la máxima pena de prisión perpetua.

Teniendo en cuenta esto, el abogado querellante, Marcelo Boeykens, ratificó a esta Agencia que a minutos de conocida la sentencia, presentaron la apelación.

“Es muy sencillo armar la apelación, es expresar que uno está disconforme con la sentencia, que le causa gravamen irreparable así que automáticamente la hicimos y ya está presentada.
Luego tenemos que fundamentarla”, detalló.

“Una vez que haga lugar al recurso de apelación se va a fijar una audiencia para presentar los fundamentos, el memorial que se llama y allí fundaremos el porqué estamos en desacuerdo con la sentencia sobre todo con las penas bajas que se han puesto”, explicó el letrado.

Si hace lugar a la apelación de la querella, es algo que tendrá que decidir luego la Cámara de Apelaciones Federal de Paraná.

Cabe recordar que la figura de “gravamen irreparable”, que mencionaba Boeykens, alude al fundamento de la impugnación en el proceso penal. Es cuando las partes o los terceros en un proceso impugnan cuando se han visto afectados, perjudicados con una sentencia.

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