Avanza la ley de Comunas en el Senado

El artículo 253 de la Constitución entrerriana indica que “la ley reglamentará el régimen de las comunas y determinará su circunscripción territorial y categorías, asegurando su organización bajo los principios del sistema democrático, con elección directa de sus autoridades, competencias y asignación de recursos. Se incluye la potestad para el dictado de ordenanzas, alcance de sus facultades tributarias, el ejercicio del poder de policía, la realización de obras públicas, la prestación de los servicios básicos, la regulación de la forma de adquisición de bienes y las demás facultades que se estimen pertinentes”.

La Reunión se prolongó por poco más de una hora y media y se realizó por pedido del presidente del Bloque Oficialista, Enrique Cresto (PJ – Concordia), quien comentó al abrir la instancia de trabajo que “este es un tema que tiene que ser abordado y así lo hemos hablado con el gobernador en varias oportunidades; nuestra provincia trabaja por la Entre Ríos profunda y es tiempo que regulemos el funcionamiento de las comunas”.

Fueron convocadas las comisiones de Legislación General, Asuntos Constitucionales y Acuerdos, y de Asuntos Municipales del Senado. Se contó con la presencia de representantes de la Fiscalía de Estado y de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). Estuvo el director de Juntas de Gobierno, Carlos Barbosa y la directora de Catastro de la provincia, Marta Lupi. También participaron los diputados Juan Navarro y Martín Uranga.

Estuvieron los senadores de San Salvador, Paraná, La Paz, Colón, Tala, Uruguay, Gualeguaychú, Federal, Federación, Islas y Diamante, Víctor Vilhem, Carlos Brambilla, Aldo Ballestena, Oscar Arlettaz, Luis Schaff, René Bonato, Natalio Gerdau, Eduardo Taleb, Angélica Guerra, Eduardo Melchiori y Daniel Kramer, respectivamente.

Proceso gradual de regularización
Cresto indicó que se debe sancionar la ley para iniciar un proceso gradual de regularización, buscando lograr que las juntas de gobierno adquieran autonomía y con el tiempo, hacia el año 2015, puedan recibir coparticipación, administrar y percibir impuestos.

En primer lugar que vayan asumiendo las obligaciones administrativas y cuando el Estado entrerriano concluya con lo establecido en el artículo 246 de la Constitución, que se aplica gradualmente, se impulsará una fórmula para incluirlos en la coparticipación de acuerdo a lo indicado por la Carta Magna.

Señaló que en Entre Ríos hay 196 juntas de gobierno y se estima que una vez realizado un relevamiento para determinar las categorías de cada una, quedarán poco más de 130, ya que muchas serán absorbidas por otras.

Todos los presentes coincidieron que desde ya se tienen que empezar a formar a los miembros de las Juntas de Gobierno en cuestiones relacionadas con la forma de administrar.

Impuestos e ingresos
Añadió que una vez sancionada la ley las comunas podrán cobrar Tasas) a las industrias que se desempeñan en esos lugares. Hay industrias radicadas en el espacio que conformará las futuras comunas, por lo que una vez constituidas, podrán cobrar impuestos en función de los servicios que prestan.

Hasta tanto se produzca el ordenamiento definitivo, se continuarán realizando los envíos que se hacen en la actualidad.

Los pasos a seguir
En el encuentro se distribuyó el texto del proyecto de ley de Melchiori, que ha tenido modificaciones. La idea que surgió fue la de buscar consensos con los Diputados, para lograr un tratamiento más ágil por parte de ambas Cámaras. Los senadores pidieron a los diputados presentes que acerquen las propuestas que crean convenientes para enriquecer la iniciativa.
Además la Dirección de Catastro y Juntas de Gobierno, harán sus aportes para establecer las nuevas demarcaciones.

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