El régimen tendrá carácter obligatorio para los contribuyentes y aquellos que accedan a la inscripción o reempadronamiento gozarán de un plan de facilidades de pago de hasta en 15 cuotas por las deudas, multas o intereses que correspondan.
El instrumento determina que las embarcaciones están radicadas en Entre Ríos cuando tengan en la provincia su estacionamiento, fondeadero, amarra o guardería habitual, aunque su registro corresponda a un organismo oficial de otra jurisdicción. Para tal fin los propietarios de embarcaciones deberán completar una declaración jurada ante la ATER durante octubre.
En lo referido a las valuaciones, se establecerán tomando como referencia los valores de mercado. También se contrastarán los valores asignados por las compañías de seguros o valuaciones de medios especializados en el ramo náutico.
Por otra parte, se establece que los clubes, amarras, marinas o guarderías náuticas, serán considerados agentes de información de acuerdo a lo establecido por el Código Fiscal vigente, que determina que estos deben brindar la nómina de vehículos que tienen amarra en cada uno de ellos.