“Todo aquel vehículo que las empresas aseguradoras lo aseguren no le podemos prohibir que circulen, siempre y cuando estén en las condiciones correspondientes”, añadió. En Tránsito entienden que todo automóvil no puede carecer de paragolpes, luces, freno de mano, cinturón de seguridad y frenos.
Si un vehículo es detenido por los agentes de tránsito sin alguno de los requisitos de seguridad estipulados, se le puede labrar una multa pero puede continuar camino. “Siempre y cuando no haya riesgo de accidentología”, aclaró. Pero el auto es retenido cuando no tiene seguro. En ese sentido, Legarreta aclaró que sólo los jueces de faltas son los únicos funcionarios que pueden restituir el vehículo a su propietario.
El artículo 34º de la Ley Nacional de Tránsito menciona la Revisión Técnica Obligatoria. En uno de los párrafos se establece que “todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva y a la emisión de contaminantes”.
En otro tramo del artículo se establece que “las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Esta podrá delegar la verificación a las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o a talleres habilitados a estos efectos manteniendo un estricto control”.
No obstante, en Concordia no se exige para transitar, tal como lo establece la ley nacional, el examen del vehículo en “talleres mecánicos privados u oficiales de reparación de vehículos, en aspectos que hacen a la seguridad y emisión de contaminantes…habilitados por la autoridad local”.
En la ciudad rigen otros requisitos. Legarreta explicó que no se le puede negar a una persona de “escasos recursos” el que pueda tener su vehículo, “siempre y cuando esté en condiciones”, dijo. “Prohibir la circulación a los vehículos más viejos, no depende de nosotros sino que se encuentre en condiciones con el seguro. Si tiene seguro y paga la patente como corresponde, está en regla. No podemos prohibirle que circule”, aclaró.
Más adelante, el responsable del tránsito en la ciudad aseguró que el parque automotor de la ciudad se ha renovado en los últimos años. “Se ve en la calle como está el parque nuestro. Gracias a Dios tenemos un parque móvil de muy buena calidad gracias al poder adquisitivo que se tiene hoy, cualquier obrero puede tener un auto. En épocas anteriores no podía tener ni siquiera una bicicleta”, argumentó.
Legarreta explicó que el municipio adhirió a la ley provincial de Tránsito (Nº 10.025) en los párrafos que menciona la Licencia Única de Conducir. “Esto es una de las cosas en las que estamos trabajando y creo que pronto va a llegar a Concordia”, acotó.