Según el comunicado al que tuvo acceso DIARIOJUNIO, “al haber obtenido conocimiento fehaciente acerca de la inminente instalación de una sucursal de JUMBO RETAIL ARG. S.A. (PLAZA VEA) en AV. 9 de Julio (Entre Mendoza y Chaco); estando prevista la apertura del mismo para la fecha 18 de agosto de 2012; SOLICITAMOS EN FORMA URGENTE la adhesión por parte de la Municipalidad de Chajarí a la LEY 9393 y su decreto Reglamentario 1769 las cuales son normas resguardadas en su aplicación por el COPROCIN, debido a los daños y problemas socio-económicos que tal emprendimiento causará a futuro en nuestra ciudad”.
El espacio físico al que se hace mención refiere a las instalaciones de la vieja arrocera de la familia Menéndez de la ciudad, un inmenso edificio hoy modificado para albergar comercios de importante superficie. Tres de esos espacios ya han sido alquilados y un cuarto local –el mes grande- sería el que aloje al supermercado. De hecho, este medio pudo saber que existe en la Municipalidad un pedido de habilitación –iniciado por el propietario del predio- para un local con las características de un supermercado.
Por otra parte, en el Concejo Deliberante ya se trata el tema y no descartaron que por el mismo, pueda llegar a producirse una audiencia pública. Existe en Chajari una ordenanza de hace varios que regula la instalación de comercios con una superficie mayor a los 2500 metros cuadrados. El nuevo emprendimiento no superaría los 1700 y por eso desde el Centro de Comercio se alzó la voz de alarma ante la posibilidad de que se concrete la llegada del hiper. Incluso, la empresa ya estaría trabajando hace algunas semanas dentro del local, realizando algunas reformas.
EN VILLAGUAY
En mayo pasado, y respondiendo al requerimiento la Federación Económica de Entre Ríos, el Intendente de Villaguay, Adrián Fuertes comunicó que la empresa había desistido de continuar con el proyecto para instalar una sucursal de Plaza Vea en dicha localidad. La dirigencia de la FEDER se había reunido con el Intendente de Villaguay, a los efectos de puntualizar las negativas consecuencias que se producen con la instalación de las Grandes Superficies Comerciales. En la oportunidad se entregó un documento detallando estos pasos legales que se deben cumplimentar previo a la habilitación de una superficie superior a los 500 m2, por todo concepto, tal como se estipula para las ciudades cuya población no supera los 50.000 habitantes.
En este sentido, de acuerdo al comunicado que oportunamente difundió la FEDER, Fuertes remarcó que en su gestión, más precisamente el 18 de Noviembre de 2010, se habían adherido por Ordenanza N° 1.168, a dicha ley 9.393 y a su decreto reglamentario 1769. En ese aspecto fue el primer municipio provincial adherido, y por lo tanto reiteró su disposición a que se cumplan todos los aspectos legales pertinentes, en cuanto a los estudios del impacto que ocasionan estas Grandes Superficies Comerciales. Fue en ese momento de la Audiencia, cuando el jefe comunal villaguayense dio a conocer la novedad de que la empresa Jumbo Retail Argentina SA había desistido de seguir con el proyecto de instalación iniciado, ante los requerimientos que se le habían solicitado.