La UNER avanza en un sistema moderno de registro de horario del personal

Todas las unidades académicas y administrativas de la universidad contaban con distintos sistemas o soportes para el registro de las tareas realizadas por sus agentes administrativos y docentes en las distintas sedes que van desde mecanismos de registro diario en papel, hasta sistemas plenamente informatizados.
El rector de la UNER, Jorge Gerard expuso que “en cumplimiento de este requerimiento, una vez acordado en paritaria particular con el gremio docente y ratificado de manera unánime por el Consejo Superior, se fijó criterio mínimo de permanencia en la institución (la mitad de la carga horaria remunerada)”.
En consecuencia, “desde el Rectorado se trabajó la implementación de un sistema de registro moderno, transparente y común a todas las unidades académicas que conforman la Universidad” dijo.
Gerard explicó que “a fines de 2010 se firmó un convenio con la Universidad Nacional de Lanús, aprovechando su experiencia, para la provisión de los dispositivos de registro y del software por ellos desarrollado”.
En ese sentido, indicó que “se avanzó en la capacitación de los técnicos de nuestra Universidad, que adaptaron luego este desarrollo a las particularidades y características de nuestra casa de estudios”.
A comienzos de 2012, se realizó la capacitación a los responsables de las áreas de personal de toda la UNER para su prueba y puesta en marcha. Este trabajo, iniciado hace más de un año, debatido y revisado en diversas y múltiples instancias, hoy permite igualar las condiciones de registro de asistencia en todas las unidades académico administrativas de la institución.
“Ante las observaciones de algunos integrantes de la comunidad universitaria respecto de la finalidad o intencionalidad del mismo, es importante destacar que el desarrollo en si mismo no representa ninguna otra cuestión que una fuente de información en un soporte determinado, que reemplazaría a los ya existentes, ya sean planillas, computadoras o «relojes», y que debe ser administrado exclusivamente bajo la responsabilidad de las Facultades siguiendo las directivas y criterios de sus órganos de gobierno” afirmó Gerard.
Además, expuso que “seguramente existirán algunos casos en donde por diversos motivos, que consideramos sumamente validos y atendibles, el tiempo que un docente permanezca en las instalaciones de la institución no alcance la exigencia fijada por el Consejo Superior, es decir, no alcance el 50% de las horas que indica su dedicación”, por ese motivo “deberán entonces acordarse criterios de registro de las tareas realizadas en otros espacios y serán los propios Consejos Directivos de cada institución los organismos competentes para disponer las formas o dispositivos adecuados, incluso las excepciones, para dar cuenta de ello oportunamente a los fines de cumplir con la exigencia horaria fijada”.

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