Las organizaciones aseguraron que el fallo es un “claro y contundente mensaje para los profesionales médicos que a menudo se niegan a practicar abortos no punibles sin un expreso aval judicial, como así también para los abogados y jueces, que suman escollos con resoluciones que ponen en duda las excepciones legales que permiten abortar”.
Más adelante, señalaron que “el cumplimiento de las normas jurídicas es un deber del profesional, y su incumplimiento es susceptible de sanción legal cuando se nieguen en forma no justificable a la constatación de alguna de las causales previstas en el Art. 86 del C. P. y/o la consecuente prestación del servicio. Los casos de abortos no punibles son uno de los tantos componentes que integran el servicio de salud, por lo que se deben respetar los estándares de calidad, confidencialidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada”, dice el fallo.
Además de impugnar el pliego, las organizaciones enviaron una carta a cada senador provincial, integrante de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, solicitando que desista de la aprobación del mismo. Asimismo, remitieron una carta al gobernador Sergio Urribarri con el mismo fin.
También despacharon una carta a cada integrante del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, solicitando que no avale la designación y deje sin efecto la designación interina de Tomaselli “atento a la consideración de que un Juez que no sigue la orientación Jurisprudencial del Superior Tribunal de Entre Ríos, es un magistrado que no merece ser sostenido por ese excelentísimo órgano superior de justicia”.
Las organizaciones de la sociedad civil que participan de la impugnación son: Fundación Mujeres Tramando, CTA Paraná, Asociación Civil Red de Alerta contra el Abuso Sexual Infantil y la Trata de Personas, CoNDeRS Entre Ríos, Agrupación Todas con Cristina y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.