Cristóbal Fleitas, tiene 39 años y esta imputado desde marzo de 2011 por Abuso Sexual Agravado. La victima del hecho es una menor de 14 años, que declaró en una primera oportunidad todo lo sufrido, pero días después, se retractó (como ocurre en el 40% de los casos de abuso intrafamiliar; la victima termina sintiéndose culpable de la pobreza que debe atravesar su familia ante la ausencia del abusador, que suele ser el sostén económico)”
Luego de que la Fiscalía solicitara prisión preventiva, el Juez de Garantías Alberto Funes Palacios entendió que sería suficiente con una medida de prisión domiciliaria, la que se fijó en el aserradero donde Fleitas trabajaba, en la zona de Colonia Yeruá.
Pero el 31 de diciembre de 2011, Fleitas fue visto y denunciado por violar dicha medida, y fue detenido ni más ni menos que en la casa de la victima, donde se encontraban; la madre de la menor y dos de los de los testigos de la causa.
En la audiencia del domingo 1º de enero, ante el Juez de Garantías Alberto Funes Palacios, Fleitas Arguyó que “había ido a llevarles plata” para que pasaran año nuevo, sugiriendo que esa acción nada tuvo que ver con acosos o amenazas hacia los testigos o la madre de la victima. El juez de Garantías resolvió no hacer lugar al pedido de la Fiscalía, y volvió a dictar prisión domiciliaria, más la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la victima-denunciante.
LA APELACIÓN
Luego de que la resolución fuera apelada, el pasado 3 de enero, se realizó una primera audiencia ante la vocal de Cámara Silvina Gallo, donde el Fiscal Tobías Podestá expuso sus argumentos para solicitar la prisión preventiva del imputado, así como la Defensa ensayó su justificación para esa violación a la medida impuesta. La resolución de la Cámara de apelaciones, que lleva la firma de la vocal Silvina Gallo, dispone; revocar el dictamen del Juez de Garantías y disponer prisión preventiva por la causa que se le sigue: Abuso Sexual Agravado con Acceso Carnal
LA RETRACTACIÓN DE LOS TESTIGOS
Fuentes judiciales confirmaron a este medio que en un 40% de los casos de abuso infantil intrafamiliar, los testigos se retractan. Tal como lo describen los especialistas en derecho penal, y en psicología criminal, la retractación no significa que la denuncia sea falsa, sino que por el contrario, es un síntoma del abuso, y hasta existe doctrina jurídica que establece como prueba del abuso, la actitud de retractación de las victimas. En su ejemplo más común, el fenómeno se da por la gran dependencia de la familia de la victima, al sostén económico que aporta el abusador, que es por lo general el padre o padrastro. Ante esta situación, cuando el abusador es detenido, al poco tiempo, la familia comienza a pasar necesidades, y las victimas terminan sintiéndose culpables de la pobreza que atraviesan sus hermanos, o directamente son obligadas a retirar la denuncia por sus madres. Actualmente no se pueden retirar las denuncias una vez radicadas, por lo que esta práctica no es contemplada, pero si la victima cambia su testimonio en el Juicio y el Fiscal no tiene otras pruebas más que el testimonio de la victima, es muy difícil mantener la acusación.
En relación al caso Fleitas, y su propia declaración de que estaba llevando dinero, esta podría entenderse como una confesión de parte, dado que es a la madre de la victima y a testigos del caso, a quienes había ido a llevar el dinero.
El legajo de investigación ya fue concluido en Fiscalía, y solo resta la acción administrativa de remitirlo a la Sala Penal para que se ponga fecha al debate, mientras Fleitas estará alojada en una Alcaldía policial de calle Tavella