El fideicomiso tuvo dos versiones. El primer texto fue objetado por el Banco Nación luego de que Diputados depurara la nómina de beneficiarios y fijara algunas condiciones para la operatoria, entre ellas redujo a 28 millones el monto que inicialmente era de 45 millones. En ese momento, Nación consideró que la evaluación de cada caso en particular desvirtuaba la operación en general y argumentó que la operatoria obligaba al tratamiento de los deudores en paquete sin discriminar el origen de la deuda.
A raíz de eso, el Ejecutivo formuló una nueva alternativa y fue para modificar el Artículo 6º de la Ley Nº 9941 por el que precisamente se autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir un convenio con el Banco Nación para la Constitución de un Fideicomiso Financiero
En esa iniciativa se otorgaban facultades específicas a la Comisión. Entre ellas, podía exigir al Productor Deudor garantías reales suficientes y/o fianza o garantía de la asociación que los nuclea, cooperativa y/o terceros, y toda la documentación que considerara necesaria a fin de establecer y demostrar que la actividad que realiza o realizaba al momento del crédito, tenía relación con la producción agropecuaria. Simultáneamente deberá solicitar un Plan de Trabajo donde el productor demuestre la capacidad de pago de la deuda exigida.
Además el Poder Ejecutivo quedaba facultado para realizar el cobro para recuperar los créditos que fueran incorporados al fideicomiso, pudiendo elaborar para ellos, planes de pago, publicó RecintoNet.