“Podemos conversar toda la ley. Lo importante es que entre todos podemos aportar un granito de arena para disminuir los altos índices que hay en accidentes de tránsito”, dijo el senador Ballestena al confirmar el encuentro que está previsto para el miércoles. “Todo es discutible”, ofertó Ballestena y aseguró que es “indispensable intervenir para crear conciencia sobre este tema”.
El senador, que debatirá con los integrantes de la Cámara, en la comisión de Legislación General, que preside Eduardo Melchiori (PJ-Islas), propone que se prohíba en las estaciones de servicio y expendedoras de combustibles la venta, expendio o suministro de combustibles a los conductores y/o acompañantes de vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos motorizados cuando no cumplan con el requisito de llevar el casco reglamentario debidamente colocado.
El texto obliga a las estaciones de servicio a colocar carteles en lugar visible con la siguiente inscripción: “Esta prohibido la venta de combustible a los conductores de vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos motorizados y a sus acompañantes, que no circulen con el casco reglamentario debidamente colocados”.
Ballestena advierte que la violación de esta norma, una vez aprobada, será sancionada con una multa equivalente de 100 (Cien) a 1.000 (Mil) litros de Nafta Súper o su equivalente que serán depositados en una cuenta especial que por esta Ley se autoriza a crear al Poder Ejecutivo, distribuyéndose de la siguiente manera: el 60 por ciento para el Municipio de la jurisdicción en que se ha cometido la infracción y el 40 por ciento con destino al Ministerio de Producción.
Mas adelante, aclara: “En todos los casos, los importes de las multas que se apliquen en cumplimiento de la presente ley serán destinados a los organismos competentes que tengan por objeto la prevención de accidentes viales”. La estadística Ballestena señaló que en el último informe elaborado, en el año 2009, por el Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV) se señala que la siniestralidad y mortalidad de conductores de motos y ciclomotores alcanzó a 1669 casos, de los cuales 1049 (62,8 %) con heridas graves y 463 (27,7%) con muerte inmediata. Indicando que la participación de este tipo de vehículo en siniestros graves continua siendo muy elevada.