LA VERSIÓN POLICIAL TEXTUAL
A LA OPINION PUBLICA DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
En carácter de Responsable de la seguridad del Departamento, me es grato dirigirme a la comunidad en general, con la finalidad de clarificar una situación que sistemáticamente viene publicándose en Medios Locales, donde se pone en cuestionamiento una intervención llevada a cabo por Personal de Comisaría Tercera.
En este contexto pasó a detallar los hechos conforme a lo sucedido: El día 8 del corriente alrededor de las 16,30hs. fue destacado un móvil de Comisaría Tercera, donde dos funcionarios se hicieron presentes en un Domicilio ubicado en inmediaciones de calles Mons. de Andrea y A. de Luque, motivado ello por una situación de violencia Familiar, allí la Sra. Acosta Carmen Carina, estaba siendo víctima de agresiones.
En primera instancias se sofoca un principio ígneo que afecto a dos colchones que estaban en una habitación, esta señora imputa a su concubino de apellido Techeira, como autor generador de esta situación, quien a la vez le manifestó a los presentes que su esposo regreso a la vivienda totalmente alcoholizado, violento y con signos de haber sido agredido físicamente, no dándole ningún tipo de explicaciones al respecto. Mientras esto ocurría Techeira, no participo en ninguna situación de colaboración y se limito a decir “Apaguen el fuego ustedes que es su trabajo” y se encerró en una habitación contigua y de allí en mas no mantuvo otro dialogo o contacto con el personal actuante.
Se invito a la Señora para que concurra a la Dependencia a efecto de radicar la Denuncia bajo los parámetros de la Ley 9198 -Violencia Familiar-, negándose a ser trasladada en el Móvil por temor a las represalias que podría tener para con ella su esposo.
Concluido este episodio, quien estaba a cargo del Móvil comunica a sus superiores que finaliza su intervención en el lugar continuándose con la recorrida.
Conforme se desprende la Sra. Acosta, se presenta por sus propios medios en Comisaría Tercera, donde a las 18,10hs. relata que es objeto de violencia psíquica y física por parte de Techeira, acusándolo de borracho y golpeador y solicita la exclusión del hogar.
Que este hecho de violencia generado en el seno de esta familia, no es la primera vez que ocurren dado que existen constancias de denuncias anteriores donde se ratifica la imputación que hace Acosta contra Techeira, sumándole además que es adicto a sustancias Prohibida.
Que con los elementos reunidos previo a este suceso detallado, en fecha 13 de Diciembre pasado, mediante oficio del Juzgado de Familia Local, fue resuelta su exclusión del hogar por 180 días.
Policía se presenta en varias ocasiones al domicilio con la finalidad de Notificar a Techeira pero siempre la Sra. Acosta,-que si fue notificada de la resolución Judicial- manifestó que su concubino nunca estaba en el domicilio, quedando más adelante plasmado y en virtud de acontecimiento de violencia, que ella ante la opresión y el miedo negaba la presencia efectiva de su esposo en el hogar.
Para Policía y para aquellos organismos que trabajan en Violencia Familiar no es ajeno este tipo de situaciones donde las victimas requieren auxilio e inmediatamente después admiten nuevamente el ingreso al hogar a quien ratos antes han denunciado y, de esta forma son repetitivos estos hechos de violencia.
Que lo hasta aquí narrado todo se cuenta debidamente plasmado y comunicado a la Justicia competente, bajo los parámetros que la situación de esta familia amerita.
Que ante la aparición en medios locales por parte de Techeira y su esposa, donde hacen imputación directa a que estuvo detenido en Comisaría Tercera, y que según sus dichos fuera brutalmente golpeado. Policía se ve obligado a formular para conocimiento de la opinión en general esta cronología de hechos, ratificando en consecuencia la negativa explicita a esta acusación conforme se desprende de todas las constancias escritas y otros medios que fueron colectados y arrimados a la justicia competente.
Por último como responsable no he de admitir, amparar o justificar un hecho que roce con la ilegalidad y que se vea involucrado a policías que me son subordinados. Teniendo esta Jefatura como meta primaria la vocación de servicio, profesionalismo, integración y compromiso social, mas control en la calidad de gestión.