Ese es el punto en el que las organizaciones de defensa de los animales no estaban de acuerdo. En uno de los artículos se establece que los animales abandonados en la vía pública serán capturados por personal municipal y alojados en las instalaciones de la Veterinaria Municipal. “Se verificará si tienen dueños y se les dará a los mismos cinco días para su retiro. Caso contrario los animales pasarán a estar a cargo del Médico Veterinario Municipal quien determinará la viabilidad sanitaria. Comprobada la existencia de la enfermedad en los animales se dará cumplimiento a la normativa consignada en el Manual de Procedimientos para el control de la Leishmaniasis”, señala la norma.
Las organizaciones que defienden los derechos de los animales tienen temor de que la norma se degenere y se convierta en un marco pseudo-legal que permita de hecho la captura indiscriminada de perros para su posterior sacrificio. Además manifestaron sus dudas acerca de los controles que se pueden establecer en ciertos sectores de la ciudad, como la zona sur, donde conviven familias, animales y basura desparramada.
Para lograr el consentimiento de las organizaciones, las concejales Gloria Warner y Marcela Sbresso (PJ) agregaron a la ordenanza una autorización al Ejecutivo, de tipo presupuestaria, para que se fomente una fuerte campaña de concientización de mejoramiento de toda la infraestructura necesaria ante el caso de que se capture un animal para mantenérselo aislado.
“Nosotros les explicamos que lo más doloroso de la ordenanza es la posibilidad de que se pueda sacrificar algún animalito pero el objetivo central y básico es lograr una fuerte campaña de concientización en la población”, señaló Giampaolo. Entre ellas, la limpieza de los lugares donde se mueven los animales, la no acumulación innecesaria de animales y la utilización de un collar especializado que ahuyenta en un 90 % el mosquito vector de la leishamaniasis. “La única forma de contagio del animal es la picadura de ese mosquito al animal y la posterior picadura en una persona”, manifestó.
Los concejales facultaron al Ejecutivo a realizar campañas de control de la población del mosquito. “Bueno es decir que por ahora no se ha detectado la presencia de este mosquito específico y si se ha detectado, por lo menos tenemos sospechas, en la ciudad de Salto”, indicó el presidente del Concejo.
Por ese motivo, se ha cursado una notificación formal a los ediles de la ciudad de Salto para realizar la semana próxima una reunión para abordar de manera conjunta con el Concejo Deliberante de Salto la problemática de la leishmaniasis de manera regional concertando una campaña conjunta.
La Leishmaniasis es una patología zoonotica transmitida de los animales al hombre. “Se trata de una enfermedad de carácter emergente y epidémica, consignándose tres tipos: cutánea, mucocutánea y visceral, siendo la última, en el humano, la más grave debido a que sus lesiones pueden producirle la muerte si no se efectiviza el tratamiento médico adecuado y oportuno”, se señala entre los fundamentos del proyecto. “La tasa de letalidad humana por leishmaniasis visceral en América del Sur ronda entre el 7% y 8%, especialmente en casos de menores de edad, pudiendo alcanzar hasta el 90% si el paciente no recibe el tratamiento adecuado”, se añade.
Además se consigna que “los animales caninos conforman el principal reservorio de la Leishmaniasis visceral y estos animales de compañía, asintomáticos o sintomáticos infectados resultan la principal fuente de infección para el vector (lutzomia) en la transmisión urbana, explicitándose que la enzootia canina por lo general, precede a la presentación de casos en humanos”.
En el artículo 8º se exige que todo animal canino que ingrese a la ciudad o se halle en tránsito por ella “deberá exhibir, a requerimiento de las autoridades competentes, un Certificado Sanitario Libre de Leishmaniasis, efectuado por un Médico Veterinario Matriculado”.