“Estoy convencido que hay muchas mujeres que por trayectoria, trabajo, y obra son merecedoras de un homenaje en el Día Internacional de la Mujer. Esta propuesta de ley atiende una demanda puntual pero pretende también instalar desde el Estado la necesidad de discutir políticas que protejan férreamente a la mujer y que castiguen con la misma intensidad a quienes abusan de ella, de sus familiares o de cualquier ciudadano” dice Chesini y pondera la labor que llevan a cabo desde VIDAER como la Red de Alerta a través de “Con los chicos no” como las actividades que se desarrollaron hace poco tiempo atrás en Urdinarrain para repudiar estos actos que “usualmente ponen en el centro del dolor a mujeres y niños”.
Sostiene en la nota enviada: “No podemos hacernos los distraídos frente a la denuncia de estos hechos que aumentan en modo alarmante. En los últimos días, los diarios de varias localidades de la provincia dieron cuenta de violaciones y abusos. Quizás con esta propuesta, que pongo en debate, podamos dar los primeros pasos hasta lograr una ley que asegure a los ciudadanos que en vez de impunidad hay castigo, pero también una firme decisión de que ese castigo sea el máximo que la ley nos permita imponer”.
El proyecto
El proyecto, que tomará estado parlamentario este martes, propone la creación de un Registro de Defensa de la Integridad Sexual (REDIS), en el ámbito de la Justicia de Entre Ríos, y estará integrado, mediante orden judicial, por datos personales, físicos, fecha de condena, pena recibida y demás antecedentes procesales valorativos del historial delictivo de los condenados por delitos contra la integridad sexual que serán completados con fotografías y muestras de ADN. Las registraciones, caducarán conforme a las disposiciones del artículo 51 del Código Penal, es decir a los diez años.
De los datos
El Registro, para el que además se diseñará una página web, estará a disposición de la policía, interesados y su contenido será informado permanentemente a autoridades de diversa índole, además de las judiciales, las escolares, municipales y organizaciones sociales.
Y, a su vez, propone crear el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales – RePrIGAS), que funcionará en el ámbito del RECIS dependiente del Superior Tribunal de Justicia donde constará la información genética de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual tipificados en los Artículos 119 y 120 del Código Penal.
Establece además que la realización del examen genético y la incorporación de la información al Registro se hará sólo por orden judicial previa sentencia firme. El Juez ordenará de oficio los exámenes tendientes a lograr la identificación genética y su inscripción en el Registro mientras que “las constancias obrantes en el Registro, serán de contenido reservado y sólo podrán ser suministradas mediante orden judicial”.
La información genética almacenada “no podrá ser retirada del Registro bajo ningún concepto y sólo será dada de baja por fallecimiento” del ausente. “Las constancias del Registro de Identificación Genética de Abusos Sexuales, conservadas de modo inviolable e inalterable harán plena fe, pudiendo ser impugnadas sólo judicialmente por error o falsedad”, dice, entre otros conceptos, el senador.
Y, estableció que el Registro “contará con una sección especial destinada a autores ignorados. En ella constarán las huellas genéticas identificadas en las víctimas de delitos sexuales”
En los fundamentos, Chesini dice que “la creación de un registro no implica señalar o discriminar a las personas que hayan realizado esos hechos dolorosos sino por el contrario resocializarlos, realizar un seguimiento de su evolución y tener un registro de ADN ante las constantes denuncias que muchas veces quedan impunes por falta de identificación del sujeto que las cometió”.
Y, añade: “Los diferentes hechos que suceden en diversas localidades de nuestro territorio provincial son el motor para reclamar por la creación del Registro con Banco de ADN «para evitar estos hechos aberrantes» y facilitar la tarea de jueces y fiscales, aunque es necesario decir también que todos los crímenes por su propia naturaleza resultan jurídicamente reprochables mediante la aplicación de la correspondiente sanción penal”.
“Sin embargo –agrega Chesini- por sus secuelas sobre la víctima y su grupo familiar, así como para la sociedad toda, se encuentran entre aquellos de mayor gravedad los ataques contra la libertad sexual de la persona.Es así que delitos como el abuso sexual o la violación se encuentran entre los más abominables y condenables”.
Concluye: “Estos delitos tienen una característica que los distingue de la mayoría de aquellos que tipifica el Código Penal: la habitualidad es mucho más frecuente, la reincidencia se produce en porcentajes alarmantemente mayores que en los demás casos. Y, reconocidos estudios psiquiátricos demuestran que el delincuente sexual no es en general sicótico, ni un insano, ya que reconoce la calidad de sus actos, comprende su criminalidad y está en pleno uso de sus facultades al cometerlo, lo que le permite dirigir sus acciones con libertad”.
Para concluir, advierte que “existen diferencias y debates con respecto a cuál será la institución de la cual dependerá el registro y su tiempo de caducidad, al igual que sobre la implementación de programas de rehabilitación psicológicos optativos para los condenados, como el derecho a la intimidad del violador, el objetivo primordial es que se sancione la ley y le damos tranquilidad y seguridad jurídica a las victimas y evitemos la futuras vulneraciones de derechos” finalizó el senador de Gualeguaychú.