Luego de la confirmación del Superior Tribunal de Justicia del fallo de la Sala Penal, en la provincia Yedro ya no tenía posibilidades de apelar a ningún tribunal. El expediente fue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Después que se dictó sentencia en la provincia de Entre Ríos la defensa de Yedro interpuso un recurso extraordinario”, explicó. Pero la Corte rechazó el recurso extraordinario.
En consecuencia, la estrategia judicial apuntó a interponer un recurso de queja. El trámite establece que primero debe pronunciarse el procurador fiscal y luego el tribunal vota. “Lo que sabemos es que el procurador fiscal ya emitió el dictamen aconsejando rechazar la queja y estamos esperando que sea la Corte la que vote y decida definitivamente la cuestión”, dijo el Fiscal de Estado. “Nosotros estamos esperando eso para disponer definitivamente del inmueble”, explicó.
El 22 de diciembre de 2005, la Sala Penal de Concordia condenó a Yedro como responsable del delito de enriquecimiento ilícito y lo condenó a tres años de prisión condicional al ex legislador, al pago de una multa de $90.000 y el decomiso de su campo en Rosario del Tala. El fallo ordenó el decomiso de 3 fracciones de campo ubicado en Raíces Norte, del departamento Tala. El primer inmueble consta de una superficie total de 1031 has., el segundo de 651 has. y el tercero de 482 has. La sentencia también abarcó a la esposa de Yedro, Silva Yolanda Torres, quien fue condenada a dos años de prisión en forma condicional.
Una vez que la Corte resuelva, la Fiscalía dispondrá de forma definitiva del campo. “Hasta tanto no haya un fallo consolidado, firme del poder Judicial nacional la provincia no puede disponer y darle un destino final”, expresó. “Mientras tanto lo que se hizo fue tomar posesión a través de un oficial de Justicia”, agregó. Inclusive, Rodríguez Signes fue hasta el campo para cumplir con la medida en forma personal.
“Ahora lo que él (Yedro) está haciendo es desalojando porque necesitamos que retire el ganado que hay ahí”, dijo el funcionario porque no tenía elementos para retirar por sí sólo la hacienda. Al mismo tiempo aclaró que la sentencia sólo abarca al inmueble. “No los bienes muebles que tiene el campo”, indicó. “Lo que se hizo fue requerirle a Yedro que retire”, indicó. No hay plazos para que se retire. Rodríguez Signes explicó que no hay plazos porque el requerimiento era de cumplimiento “inmediato”.
Como el trámite fue realizado hace “meses”, Rodríguez Signes admitió que tendría que hablar con el personal de Maciá para ver si se había cumplido con la orden judicial. “Ya no lo tiene que seguir utilizando. Tendríamos que ir a verificar esta semana o la semana que viene si el campo está desocupado para darle otro destino provisoriamente hasta tanto se resuelva este tema definitivamente”, expresó.
Más adelante, Rodríguez Signes dijo que la posesión del inmueble la tiene la provincia. “Lo que la Provincia no puede hacer o si lo hace es arriesgado es vender o concesionarlo por x tiempo”, explicó. El Fiscal de Estado aconsejó tomar esa decisión el día que la Corte Suprema resuelva en forma definitiva la causa.
Por último, estimó que la Corte no puede tardar mucho en resolver la causa. “Una vez que ha tenido dictamen del procurador general, la Corte tendría que seguir el trámite usual y en poco tiempo dictar sentencia definitiva”, indicó.