Impuesto Automotor : “existirán disminuciones y aumentos en el impuesto”

Para la determinación del Impuesto del corriente ejercicio, y de conformidad lo establece el Código Fiscal vigente, se procedió al igual que en años anteriores a la actualización de los valores de aforo para cada tipo de vehículo, aplicándose como principal parámetro de valuación el elaborado por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).
Se trata de la aplicación del mismo criterio que utiliza la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y la mayoría de las provincias argentinas.
“Hay automóviles en los que el valor sube y otros en los que baja” explicó Guillermo Lisnesky, Director General de Rentas.
En el caso de los automóviles -la franja más representativa en la Provincia para este tributo-, sobre un total de 97.817 vehículos, 40.202 (41 %) registran bajas; en tanto los 57.615 (59%) restantes, registran incrementos. Las bajas mencionadas oscilan entre el 1% y el 40% en los valores de los aforos, según el tipo y modelo del auto. En cuanto a las subas, del total de vehículos que registran incrementos, 47.537 unidades (83%), lo hacen entre el 1% y el 20%.
“Hay que aclarar que como consecuencia de que el importe del tributo sigue a la valuación del auto, existirán disminuciones y aumentos en el impuesto a pagar. No hay cambio alguno en la política tributaria del Gobierno, sino la aplicación lisa y llana de lo que autoriza la ley vigente. Cuando los autos bajan de precio, el pago del impuesto también disminuye” aclaró Lisnesky.

Topes
El funcionario también informó que con la finalidad de evitar subas drásticas, se instrumentaron topes en la aplicación de los nuevos valores informados por ACARA, cuyas valuaciones se encontraban postergadas, observándose casos puntuales en los que el incremento superaba el 100%, por lo cual, para los vehículos modelos 2002 y anteriores se aplicó un techo al incremento del 40%, y para los modelos 2003 y 2004, del 80%.
Finalmente, el titular de la DGR recordó que el impuesto se puede abonar con la modalidad de cuatro anticipos o mediante pago único, y por otra parte en cuanto los descuentos, pueden obtenerse los siguientes:

a- 10% por “buen pagador” (para quienes ingresaron el impuesto período fiscal 2008 antes del 31 de diciembre de ese año).

b- 3% por “pago único”.

c- 2% por “pronto pago”.

Por lo tanto, aquel contribuyente “buen pagador” y que ejerza la opción de pago único en el transcurso del primer vencimiento, totalizará un descuento del 15%.

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