Se asegura que el gobernador apunta sobre las explotaciones ubicadas en las zonas de islas fiscales de los departamentos Victoria e Islas y ya ha anticipado que, si no frenan los incendios, les rescindirá los contratos de arrendamientos. El punto, es que esto mismo dijo en el medio del conflicto y, según los dichos del fiscal a El Diario, recién hoy se pondrá a evaluar “contrato por contrato y determinar si se han cumplido las obligaciones, en particular referido al uso que se le da al lugar, si se cumple el objetivo del contrato, y si producto de la explotación, se han producido daños, y eventualmente también si se pagó el precio convenido en el arrendamiento”.
VICTORIA
Sólo en el departamento Victoria, las islas fiscales conforman una superfice total de 376.000 hectáreas. Según datos oficiales, el Estado posee allí 123 mil hectáreas, de las cuales arrendó en 2007 un total de 78 mil, a un precio promedio del arrendamiento de $ 17,50 por hectárea/año.
De las 78 mil hectáreas adjudicadas en arrendamiento a los privados, en su mayoría para cría de ganado, el Estado obtendrá una ganancia anual por cobro de los arrendamientos $ 1.365.000.
ISLAS
En esta zona la cantidad de tierras fiscales en hectáreas, asciende a las 44.000. De esa cantidad, sólo se arrendaron de manera regular 10 mil; el resto, está en reclamo judicial por ocupación irregular.
LA VIVEZA CRIOLLA DE LA OCUPACION ILEGAL
Rodríguez Signes, dice que la problemática de la ocupación irregular de tierra es un fenómeno del cual no se tiene real envergadura, y dice que no se circunscribe sólo al área rural.
“Nos hemos encontrado con muchos terrenos que han sido arrendados, pero que al investigar descubrimos que, en realidad, estaban usurpados. Esto ocurre en Islas y en Victoria, y también con algunos inmuebles en ejidos de zonas urbanas”, aseguró.
El abecé de la ocupación es relativamente sencillo: una persona se apropia de un predio, y se comporta como su legítimo dueño, y eso se hace pagando el Impuesto Inmobiliario.
¿Cómo se genera la boleta de impuesto de un terreno que no tiene título de propiedad? Lo más usual es que se contrate a un agrimensor.
El agrimensor hace una mensura, esa mensura se inscribe en la Dirección de Catastro, y desde Catastro se comunica a la Dirección General de Rentas de esa situación. Luego, Rentas comienza a generar las boletas del impuesto.
Con ese argumento, después se pretende adquirir la propiedad, en una figura que se denomina usucapión.