Hoy y según lo afirmado por El Diario, la fiscal Nader solicitó la elevación a juicio de esta causa que, en su momento, había desestimado el Superior Tribunal de Justicia.
Es que, en mayo de 1997 y mediante Aportes del Tesoro Nacional (ATN), de casi 30 millones de dólares, se constituyó un grupo que se autodenominó “Comisión de fomento pro desarrollo del Puerto de Ibicuy- Asociación Civil sin fines de lucro” sin personería jurídica ni sede social.
Fue esta comisión la que encaró la concreción de la obra “Ampliación Puerto Ibicuy”. La precaria asociación civil convocó a una licitación privada y adjudicó la ejecución de la obra a la firma “Perfomar S.A.”, con supuesto domicilio en la ciudad de Buenos Aires, por un monto de $ 29.855.057 más IVA.
Luego de advertirse, sorpresivamente, las carencias y limitaciones de la asociación, así como la idoneidad en la materia del Instituto Portuario Provincial y el Ente Autárquico Puerto Ibicuy, la Comisión de Fomento ceden el contrato suscripto con Perfomar S.A. a las entidades públicas.
El convenio se formaliza en Ibicuy entre la asociación y Carlos y Abelardo Pacayut como presidentes, respectivamente, del EAPI y el IPP. Fue un instrumento privado, sin firmas certificadas ni fecha cierta, y sin ninguna mención a la previa conformidad de Perfomar S.A.
“Los funcionarios admiten y hacen asumir al Estado el negocio que la asociación fantasma había concertado con Perfomar S.A”, se afirma en la denuncia. La historia continuó con una serie de modificaciones sustanciales a las cláusulas contractuales y una interminable lista de irregularidades en el manejo de recursos públicos.
Se acusa a los hermanos Pacayut de haber sustraído la suma de casi 14 millones de pesos que, entregados ó transferidos a Perfomar S.A. en concepto de “anticipo”, “nunca fueron restituidos ni rendidos, ni reconocen como contraprestación trabajos ejecutados por la misma”.
“Además, los trabajos encarados por la provincia (que demandaron una inversión de alrededor de 10 millones de pesos) habrían sido cobrados con un sobreprecio que asciende al 60 %”, se denunció tras lo cual se concluye que “todo lo cual terminó en una obra que resultó inviable con un millonario perjuicio económico al erario público”.
PROCESO. La defensa, en su momento, cuestionó el procesamiento de Pacayut. Esto provocó que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolviera favorablemente una casación anulando, “por defectos de argumentación”, el auto de procesamiento que había sido dictado por el juzgado de instrucción y confirmado por la cámara.
La defensa pretendía además que se declare la prescripción de la causa, pero el tribunal no se expidió sobre esa cuestión porque entendió que no era posible si no se determinaba con precisión la acusación.
Este retroceso en el trámite del expediente no impidió a la justicia volver sobres sus pasos, corregir falencias marcadas y finalmente, dictar nuevamente el procesamiento.