Autonomía
En el capítulo reservado a los derechos y garantías, AGMER sostiene que el “Estado Provincial tiene la responsabilidad indelegable, imprescriptible e intransferible de garantizar la educación pública estatal que será gratuita y laica para todos los niveles”. También, que garantice “la obligatoriedad escolar desde la sala de 4 años de la educación inicial, de todo el nivel primario y hasta la finalización del nivel secundario proveyendo, garantizando y supervisando instancias y condiciones institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos de todos los ámbitos de desarrollo de la educación”.
Luego, apunta a la necesidad de “autonomía y autarquía” en el gobierno del Consejo General de Educación (CGE), órgano que además debe apuntar a su “democratización”, según Agmer. “En nuestros congresos y encuentros pedagógicos, en relación al gobierno de la Educación hemos sostenido la importancia de fortalecer el carácter autónomo del CGE y la democratización de su estructura al incrementar el número de los vocales electos por el voto directo de todos los docentes en actividad”, sostiene el borrador. Y agrega: “La presencia en el CGE de dos vocales elegidos por los docentes restituye un equilibrio que se ha perdido en el organismo colegiado al establecer una paridad en el número de vocales políticos y representantes de trabajadores de la educación, contribuyendo a su democratización”.
En esa línea, también propone crear Consejos Escolares Departamentales, conformados por padres, alumnos, docentes y vecinos, “que funcionarán en la cabecera de cada departamento de la provincia bajo la dependencia del CGE y en relación directa con la Dirección Departamental respectiva”. Esos cuerpos colegiados, dice el proyecto, “trabajarán en coordinación con la Dirección de Infraestructura y con los Municipios para el mantenimiento de los establecimientos educativos, fiscalizarán los trámites relacionados con la atención de los comedores escolares en relación con la dirección correspondiente, gestionarán provisión de muebles, útiles y equipamiento”.
El mismo esquema propone que funcione a nivel de cada escuela, con los Consejos de Escuela, integrados por directores, representantes de los docentes, del personal administrativo y de servicios, de los estudiantes del nivel secundario y terciario, de los padres a nivel inicial, primario y secundario y miembros de la cooperadora.
CAMBIOS INMEDIATOS
Los cambios fundamentales que propone el mayor sindicato docente apuntan a establecer que la designación del personal docente en los institutos privados (que representan casi el 25 por ciento de la oferta educativa en Entre Ríos) se efectúe “de acuerdo al mecanismo de ingreso, clasificación y promoción que se establezca en la normativa vigente para el sector docente”, y no mediante designaciones directas por parte de los apoderados legales de cada instituto, como ocurre actualmente.
También les impone la obligación de “poseer la infraestructura edilicia adecuada”, acreditar “los recursos suficientes” para la prestación del servicio educativo; y sobre todo pone de manifiesto la obligación de “cumplir con los lineamientos educativos y las normas curriculares que se establezcan para la educación pública provincial”, y “adecuarse a la legislación laboral y educativas vigentes”, ya que hoy existen dos regímenes laborales distintos, uno para el trabajador de escuelas públicas, y otro para el de establecimientos privados.
Aunque además plantea que el cubrimiento de cargos de supervisores se haga “a través de concursos públicos”. El documento base que distribuyó AGMER entre los docentes, denominado Aportes para el debate sobre la Ley Provincial de Educación, subraya que las instituciones educativas de gestión privada “ocupan el lugar de complementariedad dentro del sistema educativo, es decir satisfaciendo las necesidades que el ámbito público no llega a cubrir”. Y deja abierta la posibilidad de que la educación privada pueda ser cumplida por las confesiones religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Culto, las asociaciones, sociedades, fundaciones y empresas con personería jurídica.
Respecto de los fondos con los cuales el Estado sostiene la educación privada, a partir del principio de subsidiariedad, el gremio docente sostiene que la asignación de aportes “debe garantizar mecanismos transparentes y controles sobre el uso de los fondos estatales otorgados en carácter de subvención”. A la vez, plantea que resulta “fundamental la unificación definitiva de la supervisión pedagógica estatal y privada, y realizar controles mediante auditorias sin descuidar la justicia de criterios en la fijación de las cuotas que cobran a sus alumnos”.
La de hoy será la segunda jornada institucional, sin dictado de clases, que habrá en las escuelas sobre la base de la convocatoria oficial de cara a trazar las líneas centrales de la nueva Ley de Educación (la actual, Nº 9.330, data de la gestión del ex gobernador radical Sergio Montiel). El primer encuentro tuvo lugar el 28 de febrero, y el próximo se hará el 16 del actual, cuando se hará entrega a los supervisores de los aportes hechos por los docentes en cada escuela, que luego llegarán a manos de los supervisores departamentales de Educación. Y durante mayo, se hará un informe final, aunque recién en octubre se conocerá el anteproyecto de ley para ser enviado a la Legislatura.
Esquema
La propuesta de AGMER acuerda con el esquema de funcionamiento del sistema educativo tal como lo plantea la nueva Ley Nacional de Educación, conformada por niveles: educación inicial, educación primaria, educación secundaria y educación superior. Y con las modalidades: educación técnico profesional, educación artística, educación especial, educación permanente de jóvenes y adultos, educación rural, educación en contextos de privación de libertad y educación domiciliaria y hospitalaria.
Educación Inicial: constituido por jardines maternales, para niños desde los 45 días a 2 años de edad inclusive; y jardines de infantes, para niños de 3 a 5 años de edad inclusive, siendo los dos últimos años obligatorios.
Educación Primaria: de carácter obligatoria, de seis años de duración, para niños a partir de los 6 años de edad, organizado en dos ciclos.
Aquí, hace la salvedad que el séptimo año salga de la órbita primaria, y queda en el secundario. Y que se tienda a ampliar los servicios de las escuelas de jornada extendida.
Educación Secundaria: también obligatoria, de seis a siete años de duración, organizado como una unidad pedagógica que será dividido en dos ciclos, el ciclo secundario básico común y el ciclo secundario superior orientado.
Educación Superior: a desarrollar en institutos terciarios y en la Universidad Autónoma de Entre Ríos. “Prioritariamente” orientado a la formación de docentes y profesionales necesarios para el sistema educativo y de otras áreas del saber, otorgará títulos profesionales y estará articulado con el sistema universitario nacional.