La Ley fue presentada por el diputado provincial (PJ Colon) Eduardo Jourdan quien dijo “esta es una nueva y seria alternativa para mejorar estas instituciones constitucionales que son los partidos políticos, y queremos que tengan cabida también en la reforma constitucional”.
Asimismo agregó que “la mesa de Dialogo Argentino definió a los partidos políticos como los pilares del sistema político argentino, y hoy nosotros en base a ese enunciado, proponemos democratización, mayor y mejor competencia interna para la selección de sus autoridades y candidatos y el acceso de la ciudadanía a la información de interés publico sobre toda la actividad de estas instituciones constitucionales».
Jourdan, apunto a la aprobación en general del proyecto que consta de 13 artículos y será tratado en particular en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político que el mismo legislador preside.
Jourdan prosiguió señalando que “es nuestra intención fijar pautas claras de plazos y modos de elecciones que determinaremos claramente, garantía en los padrones por medio de la justicia Electoral que los confeccionara, transparencia a través de la pagina web obligatoria de cada partido y un marco de dialogo entre los distintos partidos en el Consejo Consultivo destinado a consensuar medidas mejores para la vida de cada organización política como lo han hecho en México o Costa Rica».
También se establece que las autoridades partidarias se elegirán por sus respectivas cartas orgánicas, subsidiariamente por esta ley o la ley electoral de la provincia. También se reforma el articulo 94 de la ley 2988 que establecerá : “..elecciones ordinarias provinciales con una antelación no menor de 60 días y no mas de 120 días corridos de la finalización de los mandatos del Poder Ejecutivo y Legislativo”.