De acuerdo a lo que explicó Pedro Miñones, reconocido abogado chajariense, especialista en derecho municipal, Gilabert no puede ser sustituido en sus funciones, cuando esta semana abra el período de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante de Federación.
De todas maneras, Miñones, quien acaba de publicar un libro referido a las modificaciones de la ley 3.001, hace una salvedad y cita que hay ciudades en las que los Concejos Deliberantes cuentan con su propio reglamento interno, “como es el caso de Chajarí y Federación”, aclaró mientras citaba que esos reglamentos establecen la creación de comisiones y que las autoridades son renovables todos los años. No obstante ello el letrado explicó que, “el mandato de los concejales es por cuatro años, que comienzan a computarse cuando entra en vigencia el Concejo, ahí están lo que se llaman sesiones preparatorias, las que se hacen diez días antes de entrar en funciones, cuando se elige el presidente del Concejo, el vicepresidente primero y el vicepresidente segundo, para que rijan durante el mandato”, decía al tiempo que remarcaba, “es decir durante esos cuatro años”.
En su fundamentación el especialista considera a los reglamentos internos como normas inferiores a la ley 3.001 y asegura que es ésta la que debe primar, “en caso de haber alguna contradicción”, aclara para luego subrayar, “no está prevista la renovación todos los años”. Esto permitirá la continuidad de Gilabert frente al Concejo.
En su análisis Miñones hace mención a una sutil situación manifestando, “ahora bien, si no se convoca a una nueva reelección, es evidente que no está en discusión y ni está en tratamiento de los concejales, por lo tanto, todo seguirá como desde el inicio de sus funciones”. De esa forma defiende su argumento manifestando que, “si se cometieron errores en años anteriores, no hay por qué seguir cometiéndolos”, propone justificando que no se llame a la sesión preparatoria donde todos los años se renuevan las autoridades y cita el artículo 94 de la ley 3001, que establece la continuidad de las autoridades por todo el mandato.
Más adelante acepta que el reglamento interno se puede reformar y ser adaptado a lo que dice la ley 3001, para entonces referirse puntualmente al caso del Concejo Deliberante de Federación, en donde el actual presidente se abstiene de llamar a la sesión preparatoria para renovar las autoridades del legislativo, ateniéndose a lo que establece la ley 3.001, “supongo que Gilabert habrá leído mi libro y se dio cuenta que lo que estaba haciendo era una costumbre ‘contra leyem’ se llama, o sea un acto consuetudinario en contra de la ley 3001, y toda persona sabia, cuando comete un error, trata de evitarlo”, argumenta para luego agregar, “ahora si se vuelve a convocar, entonces sí, la teoría de los actos propios estaría indicando que si el presidente convoca para la elección de un nuevo presidente, para el nuevo período, para este año, entonces nadie puede argumentar su propia torpeza en derecho, y así ocurriría lo que ocurrió acá en Chajarí que cambiaron el presidente”.
Hoy sesión
De esta manera quedaría desbaratada la operación política que venía gestándose para que Gilabert deje la presidencia del Concejo. Según lo indicaban fuentes cercanas al poder ejecutivo había consenso entre el oficialismo para reemplazar al actual presidente por la concejal Susana Aispuru, quien habría sido la nominada para ocupar el máximo cargo en el legislativo, aunque también trascendió la posibilidad de que la concejal Liliana Lobatto fuera la que ocupara ese lugar, especie que estaba respaldada por la lealtad que la edil había manifestado al poder ejecutivo, incluso en las situaciones más adversas, cuando el bloque oficialista estaba quebrado.
Es por esto que la apertura formal de las sesiones prevista para el día de hoy, se llevarán a cabo normalmente, y de acuerdo a las explicaciones de Miñones hasta que ningún concejal proponga un proyecto de ordenanza modificando el reglamento interno, la actual presidencia no está obligada a hacerlo.