Caso Flavia Schiavo: la Corte Suprema anuló la absolución de los acusados y ordenó un nuevo pronunciamiento

La vuelta atrás en una causa tan trascendente pone en tela de juicio todo el accionar judicial, pero en especial la actuación del fiscal, quien en el juicio oral pidió la absolución sin siquiera solicitar nuevas medidas.
A fines de 2003 la familia de Flavia Schiavo decidió recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en procura de una justicia que cada vez parecía más lejana. En julio de 2005, un año atrás, exactamente, el semanario El Miércoles publicó el dictamen de la Procuración General de la Nación en relación a ese recurso extraordinario. El texto, firmado por el número dos de la Procuración, concluía recomendando que «se revoque la sentencia en crisis, y se dicte una nueva conforme a derecho», por lo cual consideraba procedente el recurso extraordinario. Además, en los fundamentos del dictamen, Luis Santiago González Warcalde -procurador fiscal ante la Suprema Corte y número dos de Esteban Righi, el procurador general de la Nación, es decir el jefe de todos los fiscales de la República- tuvo durísimos conceptos para con lo actuado por el tribunal que resolvió absolver a los acusados por el brutal crimen ocurrido seis años atrás.

Como ha ocurrido en otros casos, el dictamen de la Procuración adelantó el criterio predominante en la Corte. «Eso ha sucedido en la mayoría de los casos, de manera que no es arriesgado aventurar que el máximo organismo de la Justicia argentina se expedirá en el mismo sentido», decía la nota de este semanario en aquel momento, y marcaba también que una resolución en ese sentido reabriría las expectativas de que el tremendo crimen que conmovió a la sociedad uruguayense no quede impune, además de poner bajo la lupa la deficiente actuación de la justicia local.
Ahora, en efecto, la Corte Suprema, en una resolución fechada este martes 4 de julio de 2006, decidió hacer lugar a la queja presentada en su momento por la familia Schiavo. En su resolución -que sólo tuvo un voto en disidencia, el de la doctora Carmen Argibay- la Corte hizo suyos los argumentos con los que el procurador González Warcalde sugirió, un año atrás, que se tomara esta medida.

A SIETE AÑOS

A fines de 2003 los abogados de la familia Schiavo presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia. Gregorio Garro y Jorge Escalante, los profesionales que asesoran a los Schiavo, habían pasado sucesivamente por la Cámara de Apelaciones de Gualeguay y por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, tratando de lograr la nulidad de lo actuado en el trámite judicial que investigaba el asesinato de la joven uruguayense, en base a una serie de cuestionamientos que arrancaban con la instrucción de la causa, es decir desde su propio inicio. Las respuestas negativas en ambos organismos los decidieron a recurrir a la Corte Suprema, ante la cual presentaron un recurso de queja con una extensa fundamentación en la que detallaron cada una de las irregularidades que aseguran haber detectado en el transcurso de cinco años desde el atroz crimen, y en los que involucraba a los jueces que pasaron por la causa, a la policía y al poder político.
El recurso extraordinario presentado por los letrados -contra la sentencia de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, entonces integrada por Néstor Fervenza, Jorge García y Fabián López Moras- generó el expediente 2326, contra Martínez Juan y otros, sobre «Privación ilegítima de la libertad y homicidio agravado -Causa N° 14257», iniciado el 29 de noviembre de 2003.
El 23 de junio de 2005 se produjo el dictamen del procurador González Warcalde y una semana después se notificó la Secretaría Judicial Nro. 3 de la Corte Suprema de Justicia. Desde entonces, un año atrás, el recurso esperaba sentencia del máximo tribunal.

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