El proyecto propone “la necesidad de crear una Conciencia Tributaria en la sociedad, que posibilite descubrir la función social de los tributos, desde un enfoque ciudadano y participativo, que permita pensarse y reconocerse como parte de una sociedad, pertenecer a un orden común, donde la cadena del círculo virtuoso generada por el pago de tasas e impuestos, la administración del estado de dichos fondos y su posterior derrame en la comunidad a través de obras y servicios que atiendan los intereses comunes de los que formamos parte de esta sociedad, sea entendido no solo como una obligación, sino también en un sentido responsable, solidario, de compromiso y honestidad.
CONSIDERANDO:
Que, es fundamental poner énfasis en la necesidad de una toma de conciencia sobre la conexión entre los valores éticos y cívicos que permitan hacer coherentes los juicios morales y los comportamientos tributarios.
Que, la Educación Tributaria contribuye a la construcción de una relación más armoniosa entre el Estado y la sociedad, ya que apunta al diálogo transparente acerca de la función social de los tributos y de la participación democrática de la ciudadanía.
Que, el objetivo fundamental de la educación tributaria es contribuir a consolidar una cultura tributaria solidaria a través de distintas acciones de educación y comunicación.
Que, se reconoce a la escuela como el ámbito propicio para desarrollar en los jóvenes actitudes de responsabilidad y compromiso frente al bien común.
Que, resulta indispensable el compromiso de los docentes del sistema educativo en la consecución de los programas a implementarse, como así también la acción directa de los funcionarios de las administraciones tributarias en el ámbito escolar, por lo que
se promueve el desarrollo de dichos programas en forma conjunta entre docentes y funcionarios del Area Rentas Municipal.
Que, el ámbito de la educación no formal podría convalidarse como una nueva alternativa para de desarrollo de los Programas de Educación Tributaria.
TEXTO DE LA ORDENANZA
Art. 1º) Autorizar al DEM a realizar convenios con los establecimientos escolares domiciliados dentro del ejido municipal con el fin de llevar a cabo el desarrollo de programas cuyo contenido se refieran a la Educación y Conciencia Tributaria.
Art. 2º) Autorícese al DEM a disponer del/los funcionarios y material necesarios para la realización de dichos programas y su posterior desarrollo y abonar los costos que los mismos conlleven.
Art. 3º) Interiorizar a los demás Concejos Deliberantes de la Provincia acerca del presente proyecto.
Art. 4º) Solicitar al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos la incorporación, en todo su campo de ingerencia, de la Educación y Conciencia Tributaria en el ámbito escolar; capacitando a los docentes para la creación y desarrollo de programas orientados a tal fin.