En Colón el receso administrativo comienza el 26 y se extiende hasta el 6 de Enero

DECRETO :
ARTICULO 1°): Disponer un receso en el ámbito de esta administración municipal, en el período comprendido entre el 26 de Diciembre de 2005 al 06 de Enero de 2006, ambos inclusive, contabilizándose 10 días de licencia.
ARTICULO 2°): Establecer que los días de receso se computarán como licencia ordinaria anual, de las que le correspondan a cada agente (años 2004 o 2005 según el caso).
ARTICULO 3°): Cada Secretaría designará a los agentes que deberán cubrir los servicios esenciales, acorde a las necesidades.
ARTICULO 4°): Cursar a las distintas Secretarías y Direcciones para su conocimiento y demás efectos que corresponda.
ARTICULO 5°): Comunicar, registrar, publicar y oportunamente archivar.

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