PUBLICIDAD OFICIAL: El gobierno apeló la decisión de la Justicia favorable al amparo de Londero

En declaraciones efectuadas en el programa radial “A quien corresponda” (Radio del Plata) y reproducidas por Análisis Digital, Schlotahuer recordó: “Interpusimos una acción de amparo y la Fiscalía de Estado compareció entregando la documentación a la que aún no hemos tener acceso, salvo lo que se ha visto en Internet, pero el legajo sigue acordonado al expediente y no lo veremos por un tiempo porque el gobierno acaba de apelar ayer la resolución”.
En ese sentido, indicó que “la parte resolutiva, en principio, no los estaría afectando porque ha declarado la cuestión como abstracta, porque al no dar la información no hay una afectación. Pero, lo que al gobierno le ha molestado han sido los considerandos de la sentencia, en la cual está diciendo por primera vez en la historia judicial de la provincia de Entre Ríos que la información pública es un derecho constitucional”.
Los integrantes de la Sala dos de la Cámara Civil y Comercial Romeo Carbó, Graciela Aída Basaldúa de Torrealday y Enrique Pitta “están diciendo que el amparo es una vía idónea. Que no hay otra alternativa cuando uno pasa por la circunstancia que pasó Oscar Londero”, destacó el abogado.
Por su parte, Londero consideró que “si el gobierno no tiene interés que se conozcan ciertas cosas, no tiene sentido que haya firmado el decreto 10.169 regulando el derecho de acceso a la información pública o intente darle rango constitucional a los organismos de contralor”.
Nelson Schlotahuer, quien forma parte de la ONG Acción Ciudadana, recordó que el 29 de julio presentó ante la Oficina Anticorrupción y Ética Pública de la provincia observaciones al decreto señalando que “no era una vía eficaz y en la práctica no iba a servir por una cantidad de falencias que tenía. Se nos contestó recién el 18 de noviembre, obviamente en el marco del amparo y lo raro que en las conclusiones que emite el titular de la Oficina, Luis Pedemonte, existen algunas que son hasta contradictorias con lo que se planteó en la demanda”. Al respecto, ejemplificó: “Por un lado está diciendo que nadie niega que exista un recurso de amparo y reconoce que es un derecho humano básico el del acceso a la información. Por otro lado, dice que el decreto en ningún momento está proscribiendo el uso de mecanismos procesales como el amparo, siempre y cuando los mismos sean útiles o admisibles y es un contrasentido muy grande con lo que se está llevando adelante en el expediente”.
No obstante, el abogado insistió en destacar la importancia de la sentencia “porque lo que se pidió está enmarcado en un período de tiempo y en lo que era la organización pública centralizada, pero eso no impide que otro ciudadano se presente a solicitar información sobre otros entes o de lo que sucedió de julio en adelante. Pero más allá de esto es importante que se empiece dar uso de estos mecanismos para hacer más real la democracia”.
El periodista remarcó que “la información se difundió por Internet cuatro días después de haber interpuesto la demanda.
Hasta ese momento la información tenía carácter reservado y había dos resoluciones administrativas que lo sostenían. Y hasta el día de hoy desconozco que se hayan anulado. Entiendo que sí y esto debe estar en el expediente al que no tenemos acceso, pero a mi criterio la información sigue teniendo carácter reservado”.
El abogado aclaró que “no hemos podido acceder al expediente porque se está moviendo”, y resaltó que tomaron conocimiento que la fiscal general del (STJ), Laura Gema Zaccagnini de Gambino, ha emitido una opinión y estuvo a favor de la acción
e incluso sostuvo que no hay que declarar abstracta la cuestión, sino hacer lugar a ella”. Específicamente añadió que la fiscal considera que “el amparo ha sido debidamente acreditado y es propicio el acogimiento de la acción entablada. Y si el Ministerio Público que vela por la legalidad del proceso está diciendo que legalmente es procedente, estamos ante un precedente doble –la sentencia judicial y el Ministerio Público, más allá de lo que diga el Tribunal de Alzada que es la Sala Penal del STJ integrada por (Carlos) Chiara Díaz, (Miguel) Carlín y (Daniel Omar) Carubia”.
Consultado si a partir de este caso, recibió interés de otras personas de la provincia sobre este tema, contestó: “Salvo los contactos, no ha habido interés. Pero me pasó lo mismo cuando luchábamos para que se elijan jueces por concurso”. De todas maneras, indicó que Acción Ciudadana trabaja en conjunto con Poder Ciudadano “que nos ha estado otorgando información y ha celebrado el fallo, más allá que la sentencia aun no está firme”.
Finalmente, opinó: “Advierto de parte del gobierno una actitud esquizofrenia, porque dicen una cosa y nos meten una apelación. Por lo cual exhorto, como ciudadano, a quienes están gobernando para que sean consecuentes con lo que están diciendo públicamente. No queremos confrontar ni pelearnos con nadie, simplemente queremos tratar de abrir una brecha porque si no hay información pública no hay República”.

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